La división y fusión de registros internacionales

1 de febrero de 2019

A partir del 1 de febrero de 2019, los registros internacionales podrán dividirse y, bajo ciertas condiciones, fusionarse también.

Información completa sobre las modificaciones del Reglamento Común en el marco del Arreglo y Protocolo de Madrid relativas a la división y fusión de registros internacionales PDF, Full details of the amendments to the Common Regulations under the Madrid Agreement and Protocol concerning the division and merger of international registrations.

División

La división puede ser útil cuando, por ejemplo, la oficina de una Parte Contratante designada rechace el registro internacional de solo algunas de las clases de productos o servicios (o rechace solo alguno de los productos o servicios dentro de una clase) comprendidas en ese registro. Gracias a la nueva regla, el titular puede utilizar la división para convertir las clases (o los productos o servicios) aceptadas o rechazadas en un nuevo registro internacional (el registro divisional) al que se le dará el mismo número que el del registro original, junto con una letra mayúscula. Gracias a ello, las clases (o los productos o servicios) aceptables podrán continuar el proceso de protección sin mayor demora, lo que permitirá al titular tratar las clases (o los productos o servicios) rechazables en una fase posterior.

Fusión

Es posible solicitar la fusión de registros internacionales resultantes de: 

1) la inscripción de un cambio parcial en la titularidad; y

2) la inscripción de una división. 

Solo es posible fusionar dos o más registros internacionales que se han separado del mismo registro internacional por un cambio parcial en la titularidad o por una división. No es posible fusionar registros internacionales resultantes de peticiones internacionales separadas.

Fusión de registros resultantes de la inscripción de una división

Es posible solicitar la fusión de un registro internacional divisional. Un registro internacional divisional solo podrá fusionarse con el registro internacional del que fue dividido.

Fusión de registros resultantes de la inscripción de un cambio parcial en la titularidad

Se produce un cambio parcial en la titularidad cuando un titular solicita inscribir un cambio de este tipo únicamente en relación con algunas de las Partes Contratantes designadas o con algunos de los productos y/o servicios.

También podría producirse una transferencia parcial cuando el titular haya solicitado un cambio en la titularidad, pero una o más de las Partes Contratantes declare que ese cambio no surte efecto en su territorio. Esa declaración puede emitirla una Parte Contratante que haya rechazado la transferencia con arreglo a su legislación nacional, por ejemplo, porque esa transferencia induciría al público a error.

La parte transferida (como resultado de la inscripción de un cambio o de una declaración en la que se rechace el efecto de ese cambio) se inscribirá como registro internacional separado al que se le dará el mismo número que el del registro original, junto con una letra mayúscula. 

Si la misma persona, posteriormente, se convierte en el titular inscrito de dos o más registros internacionales separados resultantes de una transferencia (por ejemplo, cuando se anula posteriormente una declaración en la que se rechazaba el efecto de un cambio en la titularidad), esa persona podrá solicitar la fusión de esos registros internacionales. 

¿Será posible la división o fusión de un registro internacional en todos los casos?

En principio, sí, aunque no todas las Partes Contratantes aceptan peticiones de división o de fusión de un registro divisional. Algunas pueden optar por no aceptar esas peticiones si en su legislación nacional no se estipula una división o fusión, o pueden notificar a la OMPI que las nuevas reglas no son compatibles con sus leyes nacionales vigentes.

Se recomienda consultar los avisos informativos del Sistema de Madrid para conocer las Partes Contratantes que han notificado a la OMPI que no aceptarán peticiones de división o de fusión de un registro divisional. Cabe señalar la posibilidad de que una Parte Contratante cambie de opinión al respecto en el futuro. 

Por otra parte, siempre es posible la fusión de registros internacionales resultantes de la inscripción de un cambio parcial en la titularidad o de una declaración de que ese cambio no tiene efecto, siempre que sea la misma persona la que se haya inscrito como titular de los registros que deben fusionarse.

Cómo solicitar una división o una fusión

División

La petición de división debe presentarse mediante el formulario MM22. La petición no puede presentarse directamente a la OMPI sino a la oficina de la Parte Contratante designada en la que el titular desee solicitar la división. La tasa de inscripción de una división en el Registro Internacional es de 177 francos suizos. La oficina interesada también podrá solicitar una tasa para el procesamiento de la petición divisional. Se trata de una tasa al margen de la tasa que debe pagarse a la OMPI.

Fusión de registros resultantes de la inscripción de una división

La petición de fusión de un registro divisional deberá presentarla el titular a través de la oficina que presentó la petición de división, mediante un formulario oficial (MM 24). La petición no puede presentarse directamente a la OMPI. No se pagarán tasas a la OMPI por esta petición. 

Fusión de registros resultantes de la inscripción de un cambio parcial en la titularidad

La petición de fusión de registros internacionales resultantes de la inscripción de un cambio parcial en la titularidad o de una declaración de que ese cambio no tiene efecto podrá presentarse directamente a la OMPI o a la oficina de la Parte Contratante del titular, mediante el formulario MM23. No se pagarán tasas a la OMPI por esta petición. 

Examen de la petición de división o fusión

División

La oficina interesada examinará la petición de división para verificar que cumple los requisitos de su legislación aplicable, incluidos aquellos relativos al pago de tasas. 

Si la oficina acepta la petición de división, la presentará a la OMPI. También podrá informar a la Organización del carácter provisional de la protección o presentar una declaración de concesión de la protección con respecto a los artículos y servicios indicados en la petición. 

La OMPI examinará la petición de división para verificar que cumple las formalidades establecidas en las reglas pertinentes. Si la petición muestra irregularidades, la OMPI lo notificará a la oficina que presentó la petición y al titular. Si el problema reside en que falta por pagar (parte de) la tasa correspondiente a la OMPI, el titular tendrá tres meses para realizar directamente a la OMPI el pago pendiente. 

En lo relativo a cualquier otra irregularidad, la oficina deberá corregir la petición en un plazo de tres meses. Aunque el titular estará al corriente de la irregularidad y podrá ponerse en contacto con la oficina interesada, el problema deberá resolverlo la oficina. La OMPI no aceptará comunicaciones con el titular a este respecto. Si la oficina no subsana la irregularidad, se entenderá que se renuncia a la petición y se reembolsará al titular el 50% de las tasas pagadas a la OMPI.

Una vez inscrita la división, la OMPI creará un registro internacional divisional (solo para la Parte Contratante interesada) en relación con los artículos y servicios indicados en la petición (los artículos y servicios divididos) e informará de ello a la oficina que presentó la petición y al titular. La OMPI también inscribirá cualquier carácter provisional de la protección, o declaración de concesión de la protección, incluido en la petición de inscripción de división. 

Fusión resultante de una división

La oficina que recibe la petición de fusión de un registro divisional deberá verificar que cumple los requisitos establecidos en su legislación aplicable antes de presentarla a la OMPI, quien inscribirá la fusión e informará de ella a dicha oficina y al titular. 

Fusión resultante de un cambio parcial en la titularidad

La OMPI examinará las peticiones de fusión de registros internacionales resultantes de una inscripción de un cambio parcial en la titularidad, o de una declaración de que un cambio así no tiene efecto, provenientes de la oficina de la Parte Contratante del titular o directamente del titular, a fin de verificar que cumplen las formalidades establecidas en las reglas pertinentes. 

Si la petición cumple las formalidades establecidas en las reglas pertinentes, la OMPI inscribirá la fusión e informará de ello a las oficinas de la(s) Parte(s) Contratante(s) designada(s) interesada(s) en la inscripción y al titular y, si la solicitud fue presentada por una oficina, a esa oficina. 

Fecha de entrada en vigor, renovación del registro divisional y cese de la vigencia

Fecha de entrada en vigor y renovación

La división del registro internacional se inscribirá con la fecha en la que la OMPI recibió la petición o, si la petición ha presentado irregularidades, con la fecha en la que se subsanaron estas. Con todo, la fecha de entrada en vigor del registro divisional será la misma que la del registro internacional original. En consecuencia, la fecha de renovación del registro internacional divisional también será la misma que la del registro internacional original (distinta por tanto a la fecha inscrita de la petición de división). 

Cesación de los efectos

Cualquier parte dividida de un registro internacional se basa en la misma marca de base que el registro internacional original. En consecuencia, si la marca de base pierde su vigencia por cualquier motivo en los primeros cinco años de su registro, o como consecuencia de acciones que comenzaron en ese periodo (es decir, en el periodo de dependencia), tanto el registro internacional original como la parte dividida del registro internacional serán cancelados.

Registros internacionales de fecha anterior al 1 de febrero de 2019

La OMPI aceptará todas las peticiones de división o de fusión de registros divisionales que se reciban desde el 1 de febrero de 2019, independientemente de la fecha del registro internacional.

Ahora bien, las peticiones deberán presentarse a través de la oficina de la Parte Contratante en la que la división o fusión surtirá efecto, y esa oficina podrá o no aceptar las peticiones con fecha anterior a la entrada en vigor de las nuevas reglas.

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