El vídeo cumple 50 años
Pulsar "play"
Inventada en 1956, la tecnología que dio lugar a la videograbadora o magnetoscopio (VCR, en sus siglas en inglés) tiene los días contados. Sin embargo, a lo largo de sus 50 años de vida, el VCR revolucionó la industria del cine, cambió los hábitos televisivos, desencadenó la primera "guerra de formatos" y suscitó nuevas preguntas sobre el derecho de autor, sentando precedentes en lo relativo al uso leal.
Cuando la televisión empezó a extenderse en la década de 1950, la única forma de grabar secuencias en vídeo era mediante el cinescopio, proceso que consistía en que una cámara de cine especial fotografiaba un monitor de televisión. La película de cinescopio tardaba horas en revelarse y la calidad de emisión dejaba mucho que desear. Así que la mayoría de las televisiones se limitaban a emitir en directo desde el estudio. Sin embargo, en los países con varios husos horarios, la emisión en directo constituía un problema. Por ejemplo, en los Estados Unidos, el noticiario de las seis de la tarde se emitía en directo desde Nueva York a esa hora, pero eran las tres de la tarde en Los Ángeles. Las únicas soluciones posibles eran repetir la emisión en directo tres horas después para Los Ángeles o revelar la película de cinescopio de la primera emisión justo a tiempo para emitirla tres horas después. Era imprescindible dar con una nueva tecnología de grabación.
Entonces empezó la carrera entre las grandes compañías electrónicas del momento por desarrollar esta tecnología, a partir de grabadoras que empleaban cinta magnética. Sin embargo, Ampex Corporation, trabajando en secreto, centró sus investigaciones en un diseño con cabezales giratorios que había patentando un inventor italiano en 1938 para grabaciones sonoras. Después de varios intentos frustrados, y tras haber llegado a abandonar completamente el proyecto, Ampex lanzó al mercado en abril de 1956 la primera videograbadora, el VRX-1000, que causó sensación. En todo caso, con un precio de 50.000 dólares de los Estados Unidos (equivalentes a unos 325.000 dólares actuales), unos caros cabezales giratorios que había que cambiar cada cien horas de uso y la necesidad de contar con un técnico experto, no era precisamente un artículo para todos los públicos.
Sin embargo, empezaron a llover pedidos de las televisiones. La CBS fue la primera en usar esta nueva tecnología, al emitir el noticiario de Douglas Edwards el 30 de noviembre de 1956 desde Nueva York y reproducir la emisión unas horas después desde sus estudios de Hollywood. A partir de ese momento, Edwards no tuvo que volver a repetir una emisión y la televisión cambió para siempre.
Avance rápido hasta el vídeo doméstico
Las otras compañías abandonaron sus investigaciones y aceptaron el liderazgo de Ampex. La RCA agrupó sus patentes con Ampex y adquirió licencias para emplear su tecnología. El objetivo consistía ahora en desarrollar un aparato de vídeo para uso doméstico. Tenía que ser resistente, barato y fácil de manejar.
Sony lanzó al mercado un primer modelo para el hogar en 1964, seguida de Ampex y RCA en 1965. Si bien estos aparatos, y los que les siguieron en los diez a quince años siguientes, eran mucho menos caros que el VRX-1000, seguían estando fuera del alcance del consumidor medio, y los principales clientes eran personas adineradas, empresas y escuelas. Sin embargo, la industria de la electrónica de consumo ya sabía que la revolución del vídeo estaba cerca y nadie quería quedarse sin su pedazo del pastel. Se invirtieron auténticas fortunas en seguir investigando y desarrollando productos.
La competencia entre las compañías llevó al lanzamiento de tres formatos de vídeo diferentes e incompatibles entre sí: el Betamax de Sony en 1975, el VHS de JVC en 1976 y el V2000 de Philips en 1978. Dos de estos formatos acabarían enfrentados en la década de 1980 en lo que se conocería más tarde como la primera guerra de formatos.
Sin embargo, para que la batalla de las tecnologías pudiera empezar, la industria de la electrónica de consumo tuvo que encontrar una solución a un problema más acuciante: el contenido. ¿De dónde lo iban a sacar? ¿Qué iba a ver la gente en su VCR? En ese momento, la industria consideraba que la posibilidad de grabar programas de televisión en vídeo era tan sólo una opción suplementaria, de poca utilidad para el usuario medio. ¿Por qué iba alguien a querer grabar un programa de televisión para verlo más tarde?, se preguntaban. Pensaron que las cintas de vídeo con películas encerraban la respuesta al problema del contenido. No obstante, los estudios tenían su opinión al respecto.
COMIENZO DE CITA… FIN DE CITA |
---|
Al declarar ante el Congreso de los Estados Unidos en 1982, Jack Valenti, el entonces Presidente de la Asociación Cinematográfica Norteamericana, pronunció sus famosas palabras: "Les aseguro que el VCR es al productor de cine y al público estadounidense lo que el estrangulador de Boston a una mujer sola en casa". No tenía por qué haberse preocupado. En 2001, el mejor año para la industria del vídeo doméstico, la Asociación de Vendedores de Software de Vídeo informó que los consumidores norteamericanos se habían gastado nada más y nada menos que 7.000 millones de dólares de los Estados Unidos en alquiler de películas de vídeo y 4.900 millones comprando películas de vídeo. |
Pausa – El problema del derecho de autor
El vídeo doméstico hizo que la industria del cine entrase en barrena. La televisión se había apoderado de gran parte de su mercado, y veían al VCR como una gran amenaza. Argumentaban que estaba en juego el derecho de autor. ¿Acaso el mero hecho de grabar un programa de televisión no constituía ya una infracción a los derechos de autor del titular sobre la reproducción? Los estudios llevaron el asunto ante los tribunales. En 1976, un año después de que Sony sacase el VCR Betamax, los Estudios Universal y la Walt Disney Company demandaron a Sony, con la intención de que se incautase el VCR por considerarse una herramienta de piratería.
Entonces como ahora, las nuevas tecnologías de la comunicación siempre han puesto en cuestión los supuestos y la jurisprudencia existentes en el ámbito del derecho de autor. Del mismo modo que la imprenta, al hacer posible la reproducción masiva de libros, fue el origen de las primeras leyes sobre el derecho de autor, y la cinematografía había suscitado la cuestión de los derechos de autor de las obras derivadas, ahora llegaba el turno del VCR. La primera decisión judicial, en 1979, fue contraria a los estudios, al dictaminar que el uso del VCR para grabaciones sin fines comerciales era legal. Los estudios recurrieron y la decisión se revocó en 1981. Entonces, Sony llevó el caso ante el Tribunal Supremo de los Estados Unidos.
En un veredicto histórico, el Tribunal Supremo falló en 1984 que la grabación doméstica de programas de televisión para su reproducción posterior constituía un "uso leal".1 Un factor que influyó en gran medida en el razonamiento del Tribunal fue que el hecho de grabar un programa para verlo en otro momento no representaba ningún perjuicio sustancial para el titular de los derechos de autor, ni disminuía la cuota de mercado del producto.
Para entonces, el VCR se había convertido en un producto muy popular entre los consumidores y, en contra de lo que habían temido los estudios de cine, estos se vieron muy beneficiados por la tecnología gracias a las nuevas avalanchas de ingresos que empezaron a generar la venta y el alquiler de películas de vídeo. En 1986, los ingresos derivados del vídeo doméstico ya añadieron más de 100 millones de dólares de los Estados Unidos de beneficio al saldo total que ingresó Disney. Por otra parte, las cadenas de televisión, que habían descubierto que la posibilidad "inútil" de grabar tenía mucho éxito entre los espectadores, se enfrentaban a otro problema. Tenían que encontrar nuevas formas de tener contentos a las empresas anunciantes ahora que los espectadores podían saltarse los anuncios.
Betamax contra VHS: la batalla para establecer la norma
Entre tanto, ya había empezado la guerra de formatos entre VHS y Betamax. Cuando Sony lanzó Betamax, confiaba en la superioridad de su tecnología y dio por hecho que las demás compañías retirarían sus formatos y adoptarían Betamax como la norma técnica para toda la industria. Se equivocaban. La nipona JVC se negó a ceder y sacó al mercado japonés su formato VHS. En el mercado europeo, Philips tampoco agachó las orejas, aunque ciertos problemas técnicos dejarían K.O. a Philips casi antes del primer asalto.
En opinión de Sony, prácticamente la única ventaja del formato VHS era su mayor tiempo de grabación. Entonces, Sony dobló el tiempo de grabación de Betamax. JVC siguió su ejemplo. Esto se prolongó hasta que los tiempos de grabación ya no fueron un factor que atrajera a posibles clientes, y el marketing fue cobrando más importancia con respecto a la superioridad tecnológica como clave para ganar la batalla.
Las dos compañías estuvieron a la par durante varios años hasta que el formato VHS de JVC empezó a sacar ventaja. Esto se debió en parte a que su política en materia de licencias era más flexible. Pensando que el aumento de las regalías le permitiría ganar dinero con sus aparatos de VHS, JVC otorgó licencias sobre la tecnología a las grandes empresas de la electrónica de consumo, como Zenith o RCA. El resultado fue que los aparatos de VHS inundaron el mercado y los precios cayeron, lo que aumentó su atractivo para el consumidor.
Aproximadamente en el mismo momento, a principios de la década de 1980, empezaron a aparecer tiendas de alquiler de vídeo por todas partes. Enseguida se dieron cuenta de que tenían que poner precios de alquiler baratos para hacerse con una amplia clientela de habituales. Los aparatos Betamax, de gran calidad, eran más caros y difíciles de arreglar y los primeros modelos sólo eran compatibles con algunos televisores. Así que VHS se convirtió en la elección más evidente para las tiendas de alquiler de vídeo. El efecto dominó (el hecho de que los aparatos de VHS fuesen más asequibles llevó a que se sacasen más películas en VHS) acabó por echar del mercado a Betamax.
Pulsar "eject"
Por supuesto, la tecnología no se ha detenido. Ya en 2003, las ventas de lectores DVD habían superado las de VCR, anunciando la muerte de la cinta magnética. Las tiendas de alquiler de vídeo, siempre atentas a las tendencias del mercado, se pasaron al DVD, lo que aceleró la desaparición del VCR. Y así sigue siendo: los proveedores de las últimas grabadoras de vídeo digital, de los contenidos de vídeo en flujo continuo para teléfonos celulares y de otras tecnologías nuevas compiten duramente por ofrecer al consumidor cada vez más opciones.
Tampoco se han resuelto todas las cuestiones relativas al derecho de autor. La revolución digital de los medios de comunicación seguirá planteando nuevos desafíos en este ámbito. Algunas cuestiones complejas, que van desde el uso de la gestión de los derechos en el ámbito digital a las excepciones y limitaciones que delimitan el uso leal de las obras protegidas por el derecho de autor, continúan alimentando el debate internacional en los foros sobre políticas y definición de normas jurídicas, contribuyendo así a la evolución constante de la legislación y la práctica en materia de derecho de autor.
Uso leal, prácticas comerciales leales y excepciones legales |
---|
Un elemento crucial de la legislación sobre el derecho de autor radica en las excepciones que limitan su ámbito de aplicación, por ejemplo, el uso de las obras protegidas por derecho de autor que "no atente a la explotación normal de la obra ni cause un perjuicio injustificado a los intereses legítimos del autor", tal y como estipula el Convenio de Berna, y que dejan cierto margen para que el público haga una utilización libre de la obra. Estos usos suelen agruparse en las categorías de "prácticas comerciales leales" en algunas jurisdicciones de Derecho anglosajón (common law), y como "limitaciones y excepciones legales" del derecho de autor en jurisdicciones de Derecho de tradición romanística. Además, existe un concepto conocido como "uso leal". Establecida en la legislación estadounidense, la noción del uso leal permite la utilización de obras sin la autorización del titular de los derechos, habida cuenta de factores como: la naturaleza y los fines del uso, y en particular, si tiene o no un fin comercial; la naturaleza de la obra; el tamaño de la parte de obra que se usa con respecto al de la obra completa; y el efecto previsible de su uso sobre el valor comercial potencial de la obra. La interpretación de las excepciones ha ido cambiando con el paso del tiempo, como en el caso del VCR, y seguirá evolucionando a medida que las tecnologías vayan ofreciendo nuevas posibilidades. Las excepciones pueden darse en distintos ámbitos:
|
El propósito de OMPI Revista es fomentar los conocimientos del público respecto de la propiedad intelectual y la labor que realiza la OMPI, y no constituye un documento oficial de la Organización. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la OMPI, juicio alguno sobre la condición jurídica de ninguno de los países, territorios o zonas citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites. La presente publicación no refleja el punto de vista de los Estados miembros ni el de la Secretaría de la OMPI. Cualquier mención de empresas o productos concretos no implica en ningún caso que la OMPI los apruebe o recomiende con respecto a otros de naturaleza similar que no se mencionen.