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Adaptar la P.I. a la evolución de la innovación agrícola

Agosto de 2013

Por el Dr. Michael A. Kock, Jefe de Propiedad Intelectual, y Christine Gould, Gerente de Política Pública, Syngenta International AG

Más que nunca, hoy día es necesaria la innovación para afrontar los desafíos de una población mundial en rápido crecimiento que va camino de pasar de los 7.000 millones de personas actuales a casi 9.000 millones antes de 2050. A consecuencia de una mayor demanda de calorías y de un mayor uso de los cultivos para producir biocombustibles será necesario que la producción agrícola aumente en un 70% antes de 2050 (véase la publicación OECD FAO Agricultural Outlook 2010-2019). El cambio climático y la menor disponibilidad de agua y de terreno cultivable harán aún más complicada la situación. Hemos de hacer frente a este desafío produciendo más con menos medios: menos terrenos e insumos, además de menos fertilizantes. Esto será posible únicamente si aprovechamos al máximo la innovación agrícola en esferas como la de las semillas, la biotecnología, la protección de los cultivos, las prácticas agrícolas que ahorren recursos, el almacenamiento y el transporte. Igualmente, de manera incluso más importante dada la complejidad de esta tarea, tenemos que hallar soluciones que hagan posible la plena integración de diversos elementos innovadores propiedad a menudo de partes distintas. Si bien la mayoría conviene en la necesidad de la innovación, hay un debate encarnizado acerca de la función de la propiedad intelectual (P.I.) en este contexto.


El aumento de la población mundial, el cambio
climático y una base limitada de recursos
naturales exigirán que la producción agrícola
aumente en un 70% antes de 2050. La innovación
es esencial para afrontar ese reto.
(Fotos: Cortesía de Syngenta)

Los derechos de P.I. para las innovaciones en fitomejoramiento

Está claro que la P.I. como tal no alimenta al mundo. Sin embargo, proporciona la infraestructura invisible que posibilita la innovación y los avances en fitomejoramiento.

Hace sólo unas décadas el fitomejoramiento era una ciencia empírica basada en el método experimental. Actualmente las innovaciones en ese ámbito se desarrollan por medio de ciencias y tecnologías sofisticadas, como la biología celular, la investigación genómica y proteómica, la cartografía génica, el mejoramiento asistido por marcadores y la hibridación. Desarrollar nuevas variedades de cultivos supone un proceso largo y costoso, y las empresas que se dedican a las ciencias vegetales invierten aproximadamente el 15% del volumen de negocios anuales en actividades de investigación y desarrollo relacionadas con las semillas. El desarrollo de rasgos beneficiosos es caro, consume mucho tiempo y resulta arriesgado: incluso en el caso de los rasgos que no se modifican genéticamente su puesta en el mercado puede llevar de 8 a 10 años y muchos millones de euros. Como resulta fácil que los agricultores reproduzcan y los competidores “copien” los productos de las semillas resultantes de las investigaciones, es necesaria alguna forma de protección que pueda hacerse valer en el ámbito comercial, puesto que de otro modo no habría incentivos para efectuar tales inversiones.

Ya en el siglo XX los legisladores reconocieron la necesidad de proteger los derechos de P.I. de los obtentores. Hasta hace 25 años, las innovaciones en ese ámbito estaban protegidas casi exclusivamente por el sistema de protección de las variedades vegetales. Mediante esa protección se protege la variedad específica caracterizada por sus caracteres esenciales, a menudo fenotípicos. Únicamente están protegidas las variedades cuyas propiedades son semejantes a todos esos caracteres. Cabe considerar la protección de las variedades vegetales como un tipo de “derecho de autor” aplicable a las variedades vegetales en la medida en que impide la copia (multiplicación o reproducción) no autorizada de una variedad protegida con fines comerciales.

La legislación que rige la protección de las variedades vegetales contempla una exención del obtentor que autoriza el uso de una variedad protegida para crear nuevas variedades y autoriza asimismo a los competidores a “extraer” y utilizar caracteres o genes individuales. Aunque la protección de las variedades vegetales es necesaria y se adapta adecuadamente a la protección de determinados logros en fitomejoramiento, no resulta conveniente para la protección de genes o rasgos específicos o métodos de fitomejoramiento mejorados, ni está destinada con tal fin.

El sistema de patentes constituye un instrumento de protección esencial para los nuevos rasgos derivados de procedimientos de alto contenido técnico, como la modificación genética, o procedimientos complejos, como el fitomejoramiento asistido por marcadores. Dicho sistema posee unos requisitos de protección más estrictos, como el de la novedad y el de la actividad inventiva. Una ventaja importante del sistema de patentes consiste en el requisito de divulgación, que permite a otros obtentores trabajar con invenciones anteriores y mejorarlas.

Conjuntamente, el sistema de protección de las variedades vegetales y el sistema de patentes forman un sistema de P.I. complementario y sinérgico. Cada uno de ellos protege distintos aspectos de la innovación vegetal: el sistema de protección de las variedades vegetales protege nuevas variedades en su conjunto pero no puede proteger una única parte de una planta, como un gen específico, mientras que las patentes protegen las distintas partes de una planta, sin proteger por lo general la planta entera.

Las legislaciones nacionales que rigen la patentabilidad de las plantas varían notablemente entre los países (véase http://tinyurl.com/d5knqoo). El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) administrado por la Organización Mundial del Comercio (OMC) exige a los países que brinden protección a las variedades vegetales “mediante patentes, mediante un sistema eficaz sui generis o mediante una combinación de aquellas y éste (Acuerdo sobre los ADPIC, Artículo 27.3.b)).” Los miembros de la OMC también podrán excluir de la patentabilidad “los procedimientos esencialmente biológicos para la producción de plantas”.

Recientemente, la Alta Cámara de Recursos de la Oficina Europea de Patentes (OEP) interpretó esta exención en el asunto "Brócoli" (G2/07), que establece un precedente. La Cámara de Recursos dictaminó que un procedimiento de obtención “está, en principio, excluido de la patentabilidad”, si “contiene las etapas de cruzar sexualmente todo el genoma de las plantas y seleccionar posteriormente las plantas, o consiste en esas etapas”. No importa el carácter técnico o inventivo del procedimiento de obtención. Esta falta de protección por patente de los métodos de obtención (inteligente) asistida por marcadores podría dar lugar a que los innovadores protejan sus innovaciones como secretos comerciales. Esta circunstancia afectaría negativamente al dinamismo de la innovación en la medida en que no se llevaría a cabo la divulgación pública de dichas innovaciones tal y como se exige en el sistema de patentes.

Modelar el futuro

Aunque actualmente resulta limitada la incidencia de las patentes en las actividades de los obtentores tradicionales, cabe asumir que los avances científicos en el fitomejoramiento den lugar a un número cada vez mayor de patentes, lo que a su vez podría disminuir la libertad de acción de los obtentores. En el sistema de protección de las variedades vegetales, las infracciones tienen lugar fundamentalmente debido a la acción del obtentor, mientras que en el marco del derecho de patentes, son ocasionadas por los usos del obtentor. A diferencia del régimen de protección de las variedades vegetales, las infracciones de los derechos de patente pueden tener lugar “accidentalmente” e incluso de manera no intencional sin utilizar una variedad de la competencia.
It is clear that IP as such does not feed the world. However, it does provide the invisible infrastructure that enables innovation and progress in plant breeding.


Las innovaciones en fitomejoramiento se ponen a punto utilizando una ciencia y una tecnología sofisticadas. Desarrollar nuevas variedades de cultivos puede llevar de 8 a 10 años y cuesta millones de euros.

Aunque se ejerce correctamente la diligencia debida respecto de la libertad de acción en todas las esferas de la tecnología, dicha circunstancia obliga a cambiar la manera de trabajar de los obtentores. Por ejemplo, los obtentores tendrán que prestar mayor atención al fomento de las capacidades jurídicas y de P.I., la supervisión de la libertad de acción y de la P.I. en distintos ámbitos de la tecnología, en la presentación de oposiciones y en la negociación de licencias. Tratar de evitar estos cambios solicitando el abandono de las patentes en este ámbito es una postura corta de miras que tendrá consecuencias imprevistas para la innovación. Abandonar las patentes equivale a “matar la gallina de los huevos de oro”. Es posible que la tecnología actual esté disponible libremente, pero no habrá incentivos para la innovación futura.

Avanzar hacia la integración

Por lo tanto, la industria del fitomejoramiento y los legisladores afrontan el siguiente dilema: sin los derechos de P.I. las empresas carecen de incentivos a fin de asumir los riesgos necesarios para lograr innovaciones satisfactorias; sin un acceso amplio a la tecnología, se verán afectados el ciclo de vida de la innovación y el desarrollo de soluciones integradas.

La P.I. es un instrumento desarrollado por la sociedad para fomentar la innovación y no es buena ni mala de por sí. Es la manera en que se utiliza la que determina si tiene repercusiones constructivas o destructivas. La percepción negativa que existe actualmente acerca del sistema de patentes nace principalmente de su uso con el fin de excluir a otros usuarios. Sin embargo, las patentes también pueden utilizarse de manera positiva y constructiva, por ejemplo, a fin de fomentar la negociación de licencias y el intercambio de tecnología. El reto fundamental consiste en ajustar el uso del sistema de patentes para aprovechar al máximo sus beneficios (conservando los incentivos a la innovación y el intercambio de conocimientos) a la vez que se minimizan las limitaciones de acceso. Dicho cambio será posible únicamente si se adopta un enfoque que se aparta del uso de la P.I. como medio de exclusión para acercarse a un uso de la P.I. como medio de inclusión.

Soluciones integradas

El mundo actual se caracteriza por un interés sin precedentes por el principio de transparencia; la colaboración y la integración se consideran motores fundamentales de la innovación. Si bien la industria de las semillas sigue a la zaga de otros sectores, como el de la electrónica, con respecto a la integración de la tecnología, la necesidad de la innovación colectiva resulta incuestionable en ese sector. Las soluciones agrícolas modernas exigen la integración de diversas innovaciones en los ámbitos de las semillas, la biotecnología, la protección de los cultivos, el almacenaje y el transporte de granos.
While FTO diligence is common in all areas of technology, it requires a change in the ways breeders work. For example, breeders will need to place greater emphasis on building legal and IP capabilities, monitoring FTO and IP landscapes, filing for oppositions and negotiating licenses. Avoiding these changes by calling for the abandonment of patents in this area is a short-sighted solution that will have unintended consequences for innovation. Abandoning patents is akin to “killing the goose that lays the golden egg.” Current technology may become freely available, but there will be no incentive for future innovation.


Las modernas soluciones agrícolas exigen
la integración de diversas innovaciones.
Syngenta facilita ese proceso dentro del
sector de las semillas gracias a la reciente
puesta en marcha de su plataforma
electrónica de concesión de licencias
TraitAbility
y encabeza asimismo una
iniciativa de concesión de licencias que
abarca todo el sector.

Asimismo, a fin de elaborar nuevas variedades de semillas es necesaria la integración de numerosos rasgos beneficiosos como la resistencia a factores de estrés biótico y abiótico, mayores rendimientos y valor nutritivo. Ninguna entidad, ni siquiera las grandes empresas multinacionales, tiene de por sí todos los elementos necesarios para satisfacer las necesidades de los agricultores de todo el mundo.

Adaptarse al ritmo de la evolución del panorama de la innovación

Al igual que las personas tienen que adaptarse a la evolución del entorno natural, el sistema de P.I. tiene que hacer lo propio para seguir el ritmo de la evolución del panorama de la innovación. Si los sectores interesados de la P.I. son incapaces de desarrollar y adaptar el uso de la P.I. a los cambios que experimenta ese entorno, el sistema corre el riesgo de perder el apoyo de la sociedad y llegar a “extinguirse”. Como señaló Charles Darwin, el padre de la teoría de la evolución, las especies que sobreviven no son las más fuertes, ni las más rápidas o inteligentes, sino aquellas que se adaptan mejor al cambio.

Adaptar el marco jurídico de P.I. a las realidades del presente es esencial para velar por la creación y la difusión amplia de las innovaciones en el ámbito del fitomejoramiento. Sin embargo, dada la globalización de la industria del fitomejoramiento, son muy escasas las posibilidades de establecer cambios jurídicos armonizados y flexibles de manera rápida. Dicho lo cual, nada impide a los titulares de derechos de P.I. y a los usuarios adaptar de manera dinámica y pragmática el uso que hacen de la P.I. dentro del marco jurídico vigente.

Nuevos enfoques para fomentar el acceso

Syngenta encabeza las iniciativas existentes en la industria de las semillas a ese respecto y está desarrollando actualmente dos nuevos enfoques para poner a disposición de los usuarios innovaciones relativas a las semillas, proporcionado “libre acceso, pero no acceso gratuito” en condiciones normalizadas, justas, razonables y no discriminatorias. Dada la complejidad normativa de los acuerdos, especialmente con respecto a la responsabilidad y la gestión, estas iniciativas se limitan a las plantas no modificadas genéticamente.

La plataforma de concesión de licencias electrónicas TraitAbility

La primera iniciativa, la plataforma electrónica de concesión de licencias de Syngenta, TraitAbility, pone a disposición de los interesados una de las tecnologías de rasgos nativos más importantes de la empresa y una serie de herramientas de investigación para la biotecnología. Las partes interesadas pueden obtener fácilmente una licencia (por medio de una tienda de comercio electrónico similar a las de Amazon o iTunes).

Estas son algunas de las ventajas del sistema electrónico de concesión de licencias de Syngenta:

  • acceso fácil y rápido a las licencias por medio de Internet; sin necesidad de negociaciones prolijas y complejas;
  • condiciones de concesión de licencias, transparentes, justas, razonables y no discriminatorias, aplicables a los obtentores u otros licenciatarios interesados;
  • acceso a una cartera de tecnologías habilitantes protegidas por patente que pueden ser utilizadas para la obtención de todo tipo de cultivos, entre las que figuran :
    • una licencia de investigación gratuita para investigadores universitarios o sin ánimo de lucro;
    • un acuerdo de licencia normalizado para otras entidades, dotado de cláusulas comerciales adaptadas al tamaño del licenciatario (por ejemplo, pequeño, mediano o grande);
  • acceso a una cartera de rasgos nativos protegidos por patente relativos a las variedades vegetales comerciales de Syngenta. Esto permite:
    • la transparencia en relación con las variedades comerciales de Syngenta que contienen los rasgos patentados, reduciendo de esa manera el riesgo de que los obtentores utilicen sin quererlo una variedad que contenga un rasgo patentado para poner a punto una nueva variedad;
    • el acceso libre a rasgos nativos sujetos a licencia durante la puesta a punto y la obtención de nuevas variedades;
    • regalías pagaderas únicamente si la nueva variedad comercializada contiene el rasgo nativo patentado.

Establecer una plataforma de concesión de licencias que abarque todo el sector

Asimismo, Syngenta colabora con sus asociados, entre los que figuran pequeñas y medianas empresas semilleras, para crear una plataforma de concesión de licencias que abarque todo el sector aplicable a los rasgos vegetales. Nuevamente, el objetivo consiste en velar por el fácil acceso a esos rasgos mediante el uso de condiciones de concesión de licencias transparentes que equilibren cuidadosamente los intereses de los titulares de patentes y los de los licenciatarios. Esta iniciativa permite la integración (agrupamiento) de innovaciones de distintas partes y elimina el riesgo de que los pagos de regalías supongan una limitación al desarrollo de soluciones integradas.

"Están de moda las críticas a la P.I., pero abandonar el sistema de P.I. es una salida arriesgada y corta de miras."

A fin de que esta iniciativa se adopte de manera generalizada, incluye un mecanismo mediante el que se exige a los licenciatarios poner sus propias patentes a disposición de la plataforma. Este mecanismo funciona como un sistema de intercambio mediante el cual cada una de las partes que acceden a una tecnología patentada por medio de la plataforma está obligada a proporcionar acceso a sus propias patentes con arreglo a las cláusulas que rigen el funcionamiento de la plataforma. Todo el mundo puede participar en el plataforma, independientemente de que sea titular de una patente. La iniciativa no tiene por fin sustituir las licencias bilaterales sino más bien proporcionar un mecanismo de salvaguardia en caso de que las negociaciones bilaterales no lleguen a buen término. Se ha sometido a examen de las autoridades competentes en materia de derecho de competencia una propuesta concreta en la que se expone detalladamente la plataforma de concesión de licencias en ese sector.

Necesidad de soluciones creativas

Los retos que plantea satisfacer las necesidades de una población mundial en rápido crecimiento en cuanto a la alimentación, el forraje y el combustible no tienen precedentes. El desafío mundial de producir “más con menos” exige la creación e integración de innovaciones agrícolas, no solamente en el mundo desarrollado, sino especialmente en los países en desarrollo.

Están de moda las críticas a la P.I., pero abandonar el sistema de P.I. es una salida arriesgada y corta de miras. Esas críticas ignoran el hecho de que es posible pensar de otra manera y hallar nuevos modos de utilizar el sistema de P.I. para incentivar la innovación, a la vez que se mejora el acceso a innovaciones beneficiosas. Únicamente pueden hacerse esfuerzos sinceros para abordar las necesidades de innovación del sector agrícola mediante las iniciativas consolidadas de todos los sectores interesados, incluidos los legisladores y los creadores de tecnología. Debemos colaborar conjuntamente para hallar soluciones creativas que permitan aprovechar las invenciones, haciendo que sean más accesibles para el público en lugar de obstaculizar los usos que otros hagan de ellas. Esa colaboración será la única manera de cambiar la idea vigente partidaria de que “no se concedan patentes sobre formas de vida”, nacida de un mito basado en la incomprensión fundamental del sistema de patentes, para pasar a la idea de “otorgar más patentes en favor de la vida” y respaldar la aportación positiva que puede efectuar la P.I. para fomentar la innovación en beneficio de todos.

El propósito de OMPI Revista es fomentar los conocimientos del público respecto de la propiedad intelectual y la labor que realiza la OMPI, y no constituye un documento oficial de la Organización. Las denominaciones empleadas en esta publicación y la forma en que aparecen presentados los datos que contiene no entrañan, de parte de la OMPI, juicio alguno sobre la condición jurídica de ninguno de los países, territorios o zonas citados o de sus autoridades, ni respecto de la delimitación de sus fronteras o límites. La presente publicación no refleja el punto de vista de los Estados miembros ni el de la Secretaría de la OMPI. Cualquier mención de empresas o productos concretos no implica en ningún caso que la OMPI los apruebe o recomiende con respecto a otros de naturaleza similar que no se mencionen.