En tribunales: un tribunal australiano determina que los sistemas de IA pueden considerarse “inventores”
Por Rebecca Currey y Jane Owen, Bird & Bird, Sydney (Australia)
Un juez del Tribunal Federal de Australia ha determinado, por primera vez en todo el mundo, que la inteligencia artificial (IA) puede considerarse un “inventor” con arreglo al régimen de patentes australiano.
Se trata de otro episodio del debate mundial sobre si el Derecho de patentes y las políticas en la materia deben adaptarse para reconocer el panorama cambiante de la innovación. Esta sentencia forma parte de un conjunto de precedentes emitidos en varias partes del mundo en relación con el efecto de la IA “inventora” en la situación actual del Derecho de patentes en determinadas jurisdicciones.
La confirmación de que los sistemas de IA pueden considerarse “inventores” con arreglo al régimen en vigor en Australia (sin perjuicio de que se interponga un recurso) es contraria a la postura adoptada por la Oficina Europea de Patentes (OEP) y por tribunales del Reino Unido y de los Estados Unidos de América, que sostienen que los inventores deben ser personas físicas.
Antecedentes
El sistema de IA denominado DABUS (Device for the Autonomous Bootstrapping of Unified Sentience, “dispositivo de arranque autónomo de una conciencia unificada”) figuró como el inventor en una solicitud internacional de patente presentada por el Dr. Stephen Thaler con arreglo al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), en la que el país designado fue Australia. La invención reivindicada era el resultado de varios productos y métodos de DABUS destinados a diseñar un contenedor mejorado con geometría fractal que, según el solicitante, era un “contenedor de alimentos perfeccionado”.
El Dr. Thaler indicó que el inventor era DABUS porque el Reglamento de Patentes exige, en relación con una solicitud PCT, que el solicitante mencione el “inventor de la invención a la que se refiere la solicitud”.
La comisionada adjunta de patentes (en adelante denominada “la comisionada”) rechazó la solicitud porque no contenía el nombre de un inventor humano. La comisionada consideró que el significado ordinario de “inventor” (que no se define en la Ley de patentes) lleva inherente el carácter humano, y que señalar como inventora a una IA es incompatible con el artículo 15 de la Ley de patentes, según el cual una patente de invención solo se concederá a la persona que:
- sea la inventora; o
- tenga derecho a que se le ceda la patente respecto de la invención, una vez que se haya concedido la patente; o
- obtenga derechos sobre la invención por medio del inventor o la persona mencionada en el apartado b); o
- sea el representante legal de una persona fallecida que cumpla una de las condiciones mencionadas en los apartados a), b) o c).
En particular, la comisionada dijo lo siguiente en relación con las disposiciones citadas:
- Respecto del artículo 15.1)b), “no constituye un hecho controvertido que, actualmente, la ley no reconoce a las máquinas de inteligencia artificial la capacidad de ceder un derecho de propiedad”.
- Respecto del artículo 15.1)c), una inteligencia artificial no puede tener ningún interés como beneficiario de la propiedad, y la norma requiere la transmisión de un derecho del inventor a otra persona, lo cual, en la realidad de los hechos, no se da.
El Dr. Thaler recurrió judicialmente la decisión de la comisionada.
Un juez del Tribunal Federal de Australia ha determinado, por primera vez en todo el mundo, que la inteligencia artificial (IA) puede considerarse un ‘inventor’ con arreglo al régimen de patentes australiano.
La decisión
El juez Jonathan Beach opinó que en la Ley de patentes “no figura disposición alguna que rechace expresamente la idea de que un sistema de inteligencia artificial pueda ser inventor” y, por consiguiente, la IA puede considerarse inventora.
La comisionada hizo hincapié en las definiciones de “inventor” en los diccionarios (puesto que en la Ley no figura una definición), pero este argumento no convenció al juez Beach. Este sostuvo que, teniendo en cuenta el carácter cambiante de las invenciones susceptibles de protección por patente y de sus creadores, en lugar de “recurrir a los usos de esa palabra en el viejo milenio [...], hay que valerse de la idea subyacente y reconocer la naturaleza cambiante de las invenciones patentables y de sus creadores. Todas las personas crean y han sido creadas. ¿Por qué no pueden crear también nuestras creaciones?”
En este sentido, el juez Beach señaló el importante papel de la IA en la investigación farmacéutica a modo de ejemplo de la contribución inventiva y técnica de la IA, a fin de demostrar que el término “inventor” no debe interpretarse de forma restrictiva. Igual que “computadora”, el sustantivo “inventor” es agente (y un sujeto agente puede ser una persona o una cosa) y quizás en su origen se utilizó únicamente para referirse a humanos, cuando solo estos podían inventar. Ahora bien, en la actualidad el término puede describir máquinas que desempeñan la misma función.
Teniendo en cuenta lo anterior, consideró que no existen motivos para excluir a la IA del concepto de “inventor” en el sentido de la Ley de patentes, ni para “privar de patentabilidad a unas invenciones que en otras circunstancias sí podrían ser objeto de patente, sobre la base de una exclusión que no se deriva de la letra expresa de la Ley. Es más, ello representaría la antítesis de promover la innovación”.
Por otra parte, la comisionada basó sus argumentos en el artículo 15 de la Ley, en el que se definen los sujetos a los que puede concederse una patente. El juez Beach consideró “curioso” que la comisionada hiciera referencia a ese artículo, porque la solicitud se encontraba únicamente en la etapa de los requisitos formales, en la que simplemente se exige nombrar al inventor, y aún estaba lejos de alcanzar la fase de concesión de la patente.
A pesar de ello, el juez Beach examinó el artículo 15 de la Ley. Declaró que, en principio, el Dr. Thaler puede tener derecho a obtener una patente en relación con una invención creada por un sistema de IA como DABUS en virtud de, al menos, el artículo 15.1)c) y, posiblemente, el artículo 15.1)b).
Esta decisión constituye otro episodio del debate mundial sobre si el Derecho de patentes y las políticas en la materia deben adaptarse para reconocer el panorama cambiante de la innovación.
Con respecto del apartado b) del artículo 15.1), el juez Beach afirmó que el Dr. Thaler cumple las condiciones para que se le aplique dicha disposición. Añadió que esta norma está formulada en condicional futuro y no requiere en absoluto la existencia de un inventor; únicamente se exige que el Dr. Thaler tenga derecho a que se le ceda la patente en el caso de que esta sea concedida.
En cuanto al apartado c), el juez sostuvo que, a primera vista, esta es la disposición aplicable al Dr. Thaler, puesto que este obtiene los derechos sobre la invención por medio de DABUS. A pesar de que DABUS no es una persona jurídica y, por ende, no puede ceder la invención, sí pueden concederse derechos al Dr. Thaler debido a que es el poseedor de DABUS, así como el titular del derecho de autor sobre el código fuente de DABUS y el poseedor y propietario de la computadora en la que está instalado DABUS.
Habida cuenta de la importancia de esta cuestión a escala mundial y de que la postura del Tribunal Federal de Australia es contraria a la opinión de varios tribunales en otras partes del mundo, esperamos con interés el resultado del recurso presentado por la comisionada de patentes de Australia el 30 de agosto de 2021.
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