Proceso 65-IP-2022, El cotejo o comparación que se realiza entre un signo solicitado a registro con el análisis simultáneo de dos o más marcas registradas a favor de un solo titular. La solicitud de transferencia de un registro marcario como fundamento del legitimo interés para presentar oposición a una solicitud de registro de marca. (Artículo 146 de la Decisión 486 — «Régimen Común sobre Propiedad Industrial»). Resumen: Se señala que el análisis de confundibilidad se realiza entre el signo solicitado a registro y una marca registrada y no entre el signo solicitado a registro y la apreciación en conjunto de dos o más marcas registradas. Se precisa, además, que una solicitud de transferencia de registro marcario fundamenta el legítimo interés para presentar oposición a una solicitud de registro de marca.،
جماعة دول الأنديز
عودة للخلفتاريخ الحكم13 يناير 2023 سلطة الإصدار محكمة العدل لجماعة دول الأنديزمستوى سلطة الإصدارالمثال النهائينوع الإجراء قضائي (إداري)الموضوعالعلامات التجارية المدعي/المستأنفDante Reydo Villalva Muniveالمدعى عليه/المستأنف ضده Servicio Nacional de Propiedad Intelectual - SENAPI - del Estado Plurinacional de Bolivia.كلمات مفتاحية
Legitimo Interes،
Oposición andina،
Oposición al registro de una marca،
Cotejo marcario،
Transferencia de registro marcario،
Apreciación en conjunto de dos o más marcas registradas،
Oposición al registro marcario
الحكم/القراربالإسبانيةProceso 65-IP-2022, El cotejo o comparación que se realiza entre un signo solicitado a registro con el análisis simultáneo de dos o más marcas registradas a favor de un solo titular. La solicitud de transferencia de un registro marcario como fundamento del legitimo interés para presentar oposición a una solicitud de registro de marca. (Artículo 146 de la Decisión 486 — «Régimen Común sobre Propiedad Industrial»). Resumen: Se señala que el análisis de confundibilidad se realiza entre el signo solicitado a registro y una marca registrada y no entre el signo solicitado a registro y la apreciación en conjunto de dos o más marcas registradas. Se precisa, además, que una solicitud de transferencia de registro marcario fundamenta el legítimo interés para presentar oposición a una solicitud de registro de marca. PDFDOCXملخصبالإسبانيةProceso 65-IP-2022, El cotejo o comparación que se realiza entre un signo solicitado a registro con el análisis simultáneo de dos o más marcas registradas a favor de un solo titular. La solicitud de transferencia de un registro marcario como fundamento del legitimo interés para presentar oposición a una solicitud de registro de marca. (Artículo 146 de la Decisión 486 — «Régimen Común sobre Propiedad Industrial»). Resumen: Se señala que el análisis de confundibilidad se realiza entre el signo solicitado a registro y una marca registrada y no entre el signo solicitado a registro y la apreciación en conjunto de dos o más marcas registradas. Se precisa, además, que una solicitud de transferencia de registro marcario fundamenta el legítimo interés para presentar oposición a una solicitud de registro de marca. PDFDOCXالتشريعات ذات الصلة