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Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal (publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928), México
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Detalles
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Año de versión
1932
Fechas
Entrada en vigor:
1 de octubre de 1932
Tipo de texto
Leyes marco
Materia
Derecho de autor,
Otros
Notas
En la notificación de México a la OMC de conformidad con el artículo 63.2 del Acuerdo sobre los ADPIC se establece lo siguiente:
El Código Civil dispone reglas generales para los actos legales. Suple a la Ley Federal de Derecho de Autor en lo no previsto por dicha ley.
El título Ocho del Libro Segundo del Código Civil, el cual está dividido en Capítulo I (Artículo 1181-1243), Capítulo II (Artículos 1241-1254), y capítulo III (Artículo 1255-1280), provee el marco normativo para la protección de los Derechos de Autor y los derechos conexos.
En el Artículo Primero de las Disposiciones Transitorias se establece que el Código entrara en vigencia el 1 de octubre de 1932.
Documentos disponibles
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Textos relacionados
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Inglés
Civil Code for the Federal District on Ordinary Matters and for the Entire Republic on Federal Matters (published in the Official Journal of the Federation in Four Parts on May 26, July 14, August 3 and August 31, 1928)
Legislación
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Datos no disponibles.
N° WIPO Lex
MX009