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Ley Nº 24 de 1937
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Detalles
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Año de versión
1937
Fechas
Comienzo:
30 de abril de 1937
Tipo de texto
Legislación relacionada con la PI
Materia
Marcas,
Nombres comerciales
Materia (secundaria)
Organismo regulador de PI
Notas
En la notificación de Swazilandia a la OMC de conformidad con el artículo 63.2 del Acuerdo sobre los ADPIC se establece lo siguiente:
'Esta Ley regula el marcado de las mercancías, los embalajes o envases con que se venden y la utilización de ciertas palabras o emblemas en relación con las actividades comerciales. Principalmente, prohíbe toda descripción fraudulenta de las mercancías en cuanto a su calidad, tipo, origen, medidas, propiedad, peso, calibre, modo de fabricación, adecuación para el uso, fuerza, desempeño, etc.
Esta Ley contiene disposiciones contra el uso de descripciones comerciales falsas y marcas falsificadas.
Esencialmente, la Ley prohíbe la aplicación fraudulenta de una descripción comercial y, ya que las indicaciones geográficas dan a conocer la calidad de las mercancías, si se aplican fraudulentamente a éstas se infringe esta Ley.
Asimismo, esta Ley prohíbe la venta de mercancías que sean objeto de descripciones falsas y, por consiguiente, prohíbe la venta en Swazilandia de las mercancías que lleven indicaciones geográficas falsas.'
Documentos disponibles
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Inglés
Merchandise Marks Act, 1937
Legislación
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Referencia del documento de la OMC
IP/N/1/SWZ/E/1
Datos no disponibles.
N° WIPO Lex
SZ005