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Ley N° 19.223 que tipifica Figuras Penales Relativas a la Informatica, Chile

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Versión más reciente en WIPO Lex
Detalles Detalles Año de versión 1993 Fechas Entrada en vigor: 7 de junio de 1993 Adoptado/a: 28 de mayo de 1993 Tipo de texto Otras textos Materia Información no divulgada (Secretos Comerciales), Observancia de las leyes de PI y leyes conexas Notas Esta ley se refiere a la protección de la información confidencial y determina los hechos tipificados como delitos informáticos.

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 Tipifica Figuras Penales Relativas A La Informatica

Tipo Norma :Ley 19223 Fecha Publicación :07-06-1993 Fecha Promulgación :28-05-1993 Organismo :MINISTERIO DE JUSTICIA Título :TIPIFICA FIGURAS PENALES RELATIVAS A LA INFORMATICA Tipo Version :Unica De : 07-06-1993 Inicio Vigencia :07-06-1993 Id Norma :30590 URL :http://www.leychile.cl/N?i=30590&f=1993-06-07&p=

TIPIFICA FIGURAS PENALES RELATIVAS A LA INFORMATICA

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de Ley:

"Artículo 1°.- El que maliciosamente destruya o inutilice un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes, o impida, obstaculice o modifique su funcionamiento, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio a máximo.

Si como consecuencia de estas conductas se afectaren los datos contenidos en el sistema, se aplicará la pena señalada en el inciso anterior, en su grado máximo.

Artículo 2°.- El que con el ánimo de apoderarse, usar o conocer indebidamente de la información contenida en un sistema de tratamiento de la misma, lo intercepte, interfiera o acceda a él, será castigado con presidio menor en su grado mínimo a medio.

Artículo 3°.- El que maliciosamente altere, dañe o destruya los datos contenidos en un sistema de tratamiento de información, será castigado con presidio menor en su grado medio.

Artículo 4°.- El que maliciosamente revele o difunda los datos contenidos en un sistema de información, sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio. Si quien incurre en estas conductas es el responsable del sistema de información, la pena se aumentará en un grado.".

Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.

Santiago, 28 de Mayo de 1993.- ENRIQUE KRAUSS RUSQUE, Vicepresidente de la República.- Francisco Cumplido Cereceda, Ministro de Justicia.

Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Martita Worner Tapia, Subsecretario de Justicia.

www.bcn.cl - Biblioteca del Congreso Nacional de Chile


Referencia del documento de la OMC
IP/N/1/CHL/U/1
Datos no disponibles.

N° WIPO Lex CL031