Miembros | Firma | Instrumento | En Vigor | Restricción | Detalles |
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Alemania |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 8 de octubre de 1964
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): Las fechas se refieren a la República Federal de Alemania.
República Democrática Alemana - Adhesión: 10 de julio de 1964. La validez de esta adhesión fue rebatida por varios Estados miembros. Fecha en la que dejó de ser parte: 3 de octubre de 1990. |
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Austria |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 21 de noviembre de 1969
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8 de febrero de 1970
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Austria declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Austria cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 8 de febrero de 1970. (véase Industrial Property 1970, No.2, p.39)
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Bélgica |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 8 de marzo de 1962
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Bélgica declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Bélgica cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (see Industrial Property 1963, No.5, p.94 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
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Egipto |
Adhesión: 4 de agosto de 1965
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Egipto declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Egipto cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 1 de marzo de 1967. (véase Industrial Property 1966, No.9, p.206 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
Acta de Niza (1957): Adhesión de la República Árabe Unida.
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España |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 13 de noviembre de 1958
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de España declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a España cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (véase La Propriété Industrielle 1959, No.6, p.107 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
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Francia |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 9 de noviembre de 1959
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15 de diciembre de 1966
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Hungría |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 10 de enero de 1967
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23 de marzo de 1967
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Hungría declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Hungría cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 30 de octubre de 1970. (véase Industrial Property 1970, No.5, p.141)
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Italia |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 25 de julio de 1960
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Italia declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Italia cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 14 de junio de 1967. (véase Industrial Property 1966, No.12, p.270-271)
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Liechtenstein |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 17 de febrero de 1967
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29 de mayo de 1967
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Luxemburgo |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 20 de enero de 1964
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Luxemburgo declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Luxemburgo cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (véase Industrial Property 1964, No.9, p.187 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
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Marruecos |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 21 de marzo de 1968
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18 de diciembre de 1970
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Marruecos declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Marruecos cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 18 de diciembre de 1970. (véase Industrial Property 1970, No.12, p.386)
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Mónaco |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 8 de marzo de 1961
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Mónaco declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Mónaco cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (véase La Propriété Industrielle 1961, No.6, p.123 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
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Países Bajos (Reino de los) |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 11 de mayo de 1962
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de los Países Bajos declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a los Países Bajos cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (véase Industrial Property 1962, No.9, p.210 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
Aplicación del Acta de Niza (1957) en Aruba: 14 de febrero de 1986; Entrada en vigor: 8 de septiembre de 1986. Esta aplicación se suspendió por un período de tiempo indefinido a partir de la fecha de entrada en vigor en una comunicación fechada el 24 de junio de 1988. (véase Madrid (Marks) Notification No. 38)
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Portugal |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 2 de abril de 1959
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Portugal declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Portugal cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (véase La Propriété Industrielle 1960, No.3, p.41 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
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Rumania |
Adhesión: 9 de febrero de 1959
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de Rumania declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a Rumania cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 10 de junio de 1967. (véase Industrial Property 1966, No.12, p.270-271)
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San Marino |
Adhesión: 11 de febrero de 1966
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15 de diciembre de 1966
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Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de San Marino declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a San Marino cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 14 de agosto de 1969. (véase Industrial Property 1969, No.7, p.183)
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Suiza |
15 de junio de 1957
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Ratificación: 2 de octubre de 1962
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15 de diciembre de 1966
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