El Secretario General de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) presenta sus atentos saludos al Señor Ministro de Relaciones Exteriores y tiene el honor de informarle del depósito por el Gobierno de los Estados Unidos de América, el 22 de enero de 1999, de su instrumento de ratificación del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991 (el Acta de 1991).
El instrumento fue acompañado de la siguiente reserva: "De conformidad con el Artículo 35.2), los Estados Unidos de América continuarán proveyendo protección a las variedades multiplicadas por vía vegetativa en forma de un título de propiedad industrial distinto de un derecho de obtentor y, por lo tanto, no aplicarán las disposiciones de este Convenio a esas variedades" (traducción).
Dicho Convenio entrará en vigor, respecto de los Estados Unidos de América, el 22 de febrero de 1999.
22 de enero de 1999