Con la declaración siguiente respecto de la Región Administrativa Especial de Hong Kong y la Región Administrativa Especial de Macao:
De conformidad con el artículo 153 de la Ley Fundamental de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, y el artículo 138 de la Ley Fundamental de la Región Administrativa Especial de Macao de la República Popular China, el Gobierno de la República Popular China decide que el Protocolo no se aplicará a la Región Administrativa Especial de Hong Kong y a la Región Administrativa Especial de Macao de la República Popular China, hasta que el Gobierno de la República Popular China así lo notifique.
Posteriormente, el Secretario General recibió la siguiente comunicación de la República Popular China:
China (Declaración de 9 de mayo de 2011):
"De conformidad con la Ley Fundamental de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China, el Gobierno de la República Popular China decide que el Protocolo se aplicará a la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China.
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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