Declaración formulada en el momento de la firma:
"La República Árabe de Egipto declara que su interpretación del artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que se refiere al igual reconocimiento de la persona discapacitada como persona ante la ley, en relación con el concepto de capacidad jurídica que figura en el párrafo 2 de este artículo, es que las personas con discapacidad pueden adquirir derechos y asumir responsabilidad jurídica (‘ahliyyat al-wujub) pero no la capacidad para realizar (‘ahliyyat al -'ada‘), en virtud del derecho egipcio."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014