Propiedad intelectual Formación en PI Respeto por la PI Divulgación de la PI La PI para... La PI y… La PI en… Información sobre patentes y tecnología Información sobre marcas Información sobre diseños industriales Información sobre las indicaciones geográficas Información sobre las variedades vegetales (UPOV) Leyes, tratados y sentencias de PI Recursos de PI Informes sobre PI Protección por patente Protección de las marcas Protección de diseños industriales Protección de las indicaciones geográficas Protección de las variedades vegetales (UPOV) Solución de controversias en materia de PI Soluciones operativas para las oficinas de PI Pagar por servicios de PI Negociación y toma de decisiones Cooperación para el desarrollo Apoyo a la innovación Colaboraciones público-privadas Herramientas y servicios de IA La Organización Trabajar con la OMPI Rendición de cuentas Patentes Marcas Diseños industriales Indicaciones geográficas Derecho de autor Secretos comerciales Academia de la OMPI Talleres y seminarios Observancia de la PI WIPO ALERT Sensibilizar Día Mundial de la PI Revista de la OMPI Casos prácticos y casos de éxito Novedades sobre la PI Premios de la OMPI Empresas Universidades Pueblos indígenas Judicatura Recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales Economía Financiación Activos intangibles Igualdad de género Salud mundial Cambio climático Política de competencia Objetivos de Desarrollo Sostenible Tecnologías de vanguardia Aplicaciones móviles Deportes Turismo PATENTSCOPE Análisis de patentes Clasificación Internacional de Patentes ARDI - Investigación para la innovación ASPI - Información especializada sobre patentes Base Mundial de Datos sobre Marcas Madrid Monitor Base de datos Artículo 6ter Express Clasificación de Niza Clasificación de Viena Base Mundial de Datos sobre Dibujos y Modelos Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales Base de datos Hague Express Clasificación de Locarno Base de datos Lisbon Express Base Mundial de Datos sobre Marcas para indicaciones geográficas Base de datos de variedades vegetales PLUTO Base de datos GENIE Tratados administrados por la OMPI WIPO Lex: leyes, tratados y sentencias de PI Normas técnicas de la OMPI Estadísticas de PI WIPO Pearl (terminología) Publicaciones de la OMPI Perfiles nacionales sobre PI Centro de Conocimiento de la OMPI Informes de la OMPI sobre tendencias tecnológicas Índice Mundial de Innovación Informe mundial sobre la propiedad intelectual PCT - El sistema internacional de patentes ePCT Budapest - El Sistema internacional de depósito de microorganismos Madrid - El sistema internacional de marcas eMadrid Artículo 6ter (escudos de armas, banderas, emblemas de Estado) La Haya - Sistema internacional de diseños eHague Lisboa - Sistema internacional de indicaciones geográficas eLisbon UPOV PRISMA UPOV e-PVP Administration UPOV e-PVP DUS Exchange Mediación Arbitraje Determinación de expertos Disputas sobre nombres de dominio Acceso centralizado a la búsqueda y el examen (CASE) Servicio de acceso digital (DAS) WIPO Pay Cuenta corriente en la OMPI Asambleas de la OMPI Comités permanentes Calendario de reuniones WIPO Webcast Documentos oficiales de la OMPI Agenda para el Desarrollo Asistencia técnica Instituciones de formación en PI Apoyo para COVID-19 Estrategias nacionales de PI Asesoramiento sobre políticas y legislación Centro de cooperación Centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) Transferencia de tecnología Programa de Asistencia a los Inventores (PAI) WIPO GREEN PAT-INFORMED de la OMPI Consorcio de Libros Accesibles Consorcio de la OMPI para los Creadores WIPO Translate Conversión de voz a texto Asistente de clasificación Estados miembros Observadores Director general Actividades por unidad Oficinas en el exterior Ofertas de empleo Adquisiciones Resultados y presupuesto Información financiera Supervisión
Arabic English Spanish French Russian Chinese
Leyes Tratados Sentencias Consultar por jurisdicción

Colección de tratados de PI

Partes Contratantes Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad Francia

Fechas Firma: 30 de marzo de 2007 Ratificación: 18 de febrero de 2010 Entrada en vigor: 20 de marzo de 2010

Declaraciones, Reservas etc.

Objeción con respecto a la reserva formulada por la República Islámica del Irán en el momento de la adhesión: (30 de marzo de 2010)
"El Gobierno de la República Francesa ha examinado la declaración formulada por el Gobierno de la República Islámica del Irán en el momento de su adhesión a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de 13 de diciembre de 2006. El Gobierno de la República Francesa considera que al tratar de excluir la aplicación de las disposiciones de la Convención que sean incompatibles con las normas iraníes, la República Islámica del Irán formula, de hecho, una reserva de alcance general e indeterminado. Efectivamente, esta reserva presenta un carácter vago ya que no precisa ni las disposiciones de la Convención a que se refiere, ni las normas de derecho interno que la República Islámica del Irán pretende hacer primar. Por ello, no permite a los demás Estados Parte conocer el alcance del compromiso de la República Islámica del Irán y es susceptible de privar a las disposiciones de la Convención de todo efecto. El Gobierno de la República Francesa considera que esta reserva es contraria al objeto y a la finalidad de la Convención y, en consecuencia, eleva una objeción a la misma. Esta objeción no impedirá la entrada en vigor de la Convención entre la República Islámica del Irán y Francia."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

Declaraciones formuladas en el momento de la ratificación:
"La República Francesa declara que interpreta el término "consentimiento" que figura en el artículo 15 de la Convención en el sentido que se le otorga en los instrumentos internacionales, en particular de los que afectan a los Derechos Humanos y a la biomedicina, y a su legislación nacional, que es conforme a dichos instrumentos. Ello significa que en lo que concierne a la investigación biomédica, el término "consentimiento" remite a dos situaciones diferentes:
1. el consentimiento otorgado por una persona capacitada para prestar el consentimiento; y
2. en los casos de personas que no estén capacitadas para prestar su consentimiento, la autorización dada por sus representantes o por una autoridad o un organismo designado para ello por la ley.
La República Francesa considera que es importante que las personas que no están capacitadas para prestar su consentimiento libremente y con conocimiento de causa, gocen de una protección especial sin que ello impida que pueda procederse a una investigación médica en su favor. Considera que además de la autorización a que se refiere el párrafo 2 anterior, otras medidas de protección, como las previstas en los instrumentos internacionales anteriormente mencionados, constituyen también parte de dicha protección.
Con respecto al artículo 29 de la Convención, el ejercicio del derecho de voto es un componente de la capacidad jurídica que no puede ser motivo de más restricciones que las previstas en el artículo 12 de la Convención y con las condiciones dispuestas en el mismo."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

 


Acto(s) Artículo(s) Firma Instrumento Entrada en Vigor