Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"a) la aprobación de la Convención por el Congreso de la República de Guatemala no afecta en forma alguna los derechos que la República de Guatemala tiene sobre el territorio de Belice ni los derechos históricos sobre la Bahía de Amatique; b) por ende, no podrá delimitarse el mar territorial ni las zonas de jurisdicción marítima correspondientes hasta que sea resuelta la controversia territorial."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014