Reserva formulada en el momento de la ratificación:
"El párrafo 2)e) del artículo 6, del Protocolo II se aplicará siempre y cuando no sea incompatible con las disposiciones legislativas que prevén que el acusado que altere el orden en la audiencia o cuya presencia pueda obstaculizar el interrogatorio de otro acusado o la audiencia de un testigo o un perito, podrá ser desalojado de la sala de audiencia."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014