Reservas formuladas en el momento de la adhesión:
" De conformidad con el artículo 38 [de la Convención] la República de Letonia se reserva el derecho a aplicar lo dispuesto en el párrafo 1.b) del artículo 24 sujeto a las limitaciones previstas en la legislación nacional.
" De conformidad con el artículo 38 [de la Convención] la República de Letonia se reserva el derecho a aplicar lo dispuesto en el artículo 27 sujeto a las limitaciones previstas en la legislación nacional."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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