Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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Acta de Ginebra (2015) | 5 de agosto de 2015 | Ratificación : 18 de octubre de 2023 | 18 de enero de 2024 | |
Acta de Estocolmo (1967) | 14 de julio de 1967 | Ratificación : 16 de enero de 1991 | 17 de abril de 1991 |
Acta de Estocolmo (1967): El Gobierno de la República Portuguesa depositó una notificación en la que indicaba su voluntad de invocar las disposiciones del artículo 18.2) del Arreglo de Lisboa. Esta notificación entró en vigor en la fecha de su recepción, es decir, el 25 de agosto de 1970. De conformidad con las disposiciones del mencionado artículo, la República Portuguesa, miembro de la Unión particular de Lisboa, podía ejercer durante cinco años a partir del 26 de abril de 1970, fecha de entrada en vigor del Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), los derechos consagrados en los artículos 9 a 12 del Acta de Estocolmo del Arreglo de Lisboa, como si estuviese obligado por esos artículos. (véase Lisbon Notification No. 6)