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Décret n° 878/2006 du 12 juillet 2006 remplaçant l'annexe III du décret n° 260/96 sur le barème des redevances de l'Institut national de la propriété industrielle pour les services additionnels, Argentine

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Détails Détails Année de version 2006 Dates Entrée en vigueur: 24 juillet 2006 Adopté/e: 12 juillet 2006 Type de texte Textes règlementaires Sujet Organe de réglementation de la PI, Propriété industrielle

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Texte(s) principal(aux) Textes connexe(s)
Texte(s) princip(al)(aux) Texte(s) princip(al)(aux) Espagnol Decreto Nº 878/2006 de 12 de julio de 2006 que sustituye el Anexo III del Decreto Nº 260/96, en relación con la Escala Arancelaria que percibe el Instituto Nacional de Propiedad Industrial por los Servicios Adicionales que presta        
 
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 Decreto 878/2006 del 12 de Julio del 2006; Sustitúyese el Anexo III del Decreto Nº 260/96, en relación con la escala arancelaria que percibe el citado Instituto por los servicios adicionales que presta

INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Decreto 878/2006

Sustitúyese el Anexo III del Decreto Nº 260/96, en relación con la escala arancelaria que percibe el citado Instituto por los servicios adicionales que presta.

Bs. As., 12/7/2006

VISTO el Expediente Nº A 253-62208/2003 del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LAPROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), entidad autárquica en el ámbito de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, la Ley Nº 24.481 (t.o 1996) y sus modificaciones Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 90 de la Ley Nº 24.481, texto ordenado en 1996, aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996 (ANEXO I), crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), como organismo autárquico en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actualmente MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, como Autoridad de Aplicación de dicha ley y de las Leyes Nros. 22.362 y 22.426 y del Decreto Ley Nº 6.673 de fecha 9 de agosto de 1963.

Que a su vez el Artículo 90 de la reglamentación aprobado por el Artículo 3º, como Anexo II del Decreto Nº 260/96, le impone al INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) el cargo de la realización de la actividad que al ESTADO NACIONAL le compete en materia de Propiedad Industrial.

Que para desarrollar la actividad que le compete por ley, el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), de acuerdo al inciso a) del Artículo 90 del texto ordenado aprobado como Anexo I del Decreto Nº 260/96 integra su patrimonio con los aranceles y anualidades emergentes de las leyes que aplica y las tasas que percibe como retribución por los servicios adicionales que presta, además de la suma que el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION le fije en el presupuesto anual de la Administración Nacional, de acuerdo con lo dispuesto por el inciso d) de dicha norma.

Que por el Artículo 4º del Decreto Nº 260/96 se incorporó como Anexo III, el Anexo I del Decreto Nº 590 de fecha 18 de octubre de 1995, en el cual se encuentra establecida la estructura arancelaria correspondiente a los trámites que se deben seguir por ante el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), con las tasas fijadas para la obtención y mantenimiento de los derechos de Propiedad Industrial.

Que la experiencia recogida por el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), a partir de su creación como ente autárquico, evidenció la necesidad de introducir modificaciones en la citada estructura arancelaria, con el objeto de simplificar y adecuar los conceptos e importes a ingresar.

Que esta modificación es necesaria, a los efectos de brindar equidad al sistema, con costos de tramitación previsibles, con la incorporación de aquellos conceptos que no han recibido tratamiento arancelario en la norma reglamentaria vigente y eliminando a su vez otros que no agilizan el trámite, todo lo que ha de facilitar el control de la recaudación.

Que el costo total, de las solicitudes de registro de los derechos que se otorguen, estará constituido mayoritariamente por una suma única que no se verá incrementada por las diferentes alternativas que pueda acarrear el trámite, eliminándose de este modo los aranceles en conceptos de vistas por oposiciones y administrativas, así como el costo por emisión y entrega de títulos.

Que la modificación en la estructura arancelaria del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI) se hace necesaria, por cuanto la misma constituye una fuente de recursos genuinos, imprescindible para obtener un mejor rendimiento de los mismos.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese el Anexo III del Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996, por la escala arancelaria que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Felisa Miceli.

Aranceles Vigentes a partir de 24/07/2006

Dirección de Marcas

1. ARANCELES CORRESPONDIENTES A TRAMITES DE MARCAS

1.1 Tramitación de solicitud de registro de Marca denominativa,figurativa o mixta- incluye logo o gráfico que no exceda de SEIS CENTIMETROS( 6 cm) de ancho, por SEIS CENTIMETROS( 6 cm) de alto, a abonar contra presentación. - $ 200.-

1.1.1 Adicional desde tamaño mayor a SEIS CENTIMETROS (6 cm) de ancho por SEIS CENTIMETROS( 6 cm) de alto y hasta un tercio de página. - $ 60.-

1.1.2 Adicional desde tamaño mayor a un tercio y hasta dos tercios de página. - $ 120.-

1.1.3 Adicional desde tamaño mayor a dos tercios de página y hasta página entera. - $ 180.-

1.2 Tramitación de solicitud de renovación de marca. - $ 200.-

1.3 Derecho a oposición por parte de terceros. - $ 150.-

1.4 BÚSQUEDA DE ANTECEDENTES

1.4.1 BUSQUEDA FONETICA

1.4.1.1 Por cada clase de productos o servicios. - $ 30.-

1.4.1. 2 En todas las clases de productos. - $ 150.-

1.4.1.3 En todas las clases de servicios. - $ 90.-

1.4.2 Búsqueda por titular(por cada titular en todas las clases). - $ 100.-

1.5 PEDIDO DE INFORME DE CLASIFICACION DE PRODUCTOS/SERVICIOS (SOBRE ARREGLO NIZA)

1.5.1 Realizado en nuestras oficinas. - $ 30.-

1.5.2 Utilizando información de oficinas extranjeras (OMPI). - $ 50.-

Dirección de Modelos y Diseños Industriales

2. ARANCELES CORRESPONDIENTES A TRAMITES DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES

2.1 Por Tramitación de solicitud de registro de Modelo o Diseño Industrial. - $ 150.-

2.2 Por tamitación de solicitud de renovacion de Modelo o Diseño Industrial (1° ó 2°). - $ 120.-

Administración Nacional de Patentes

3. ARANCELES CORRESPONDIENTES A TRAMITES DE PATENTES Y MODELOS DE UTILIDAD

3.1 POR PRESENTACION DE SOLICITUD DE PATENTES

3.1.1 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Patente p/jurídica) - $ 500.-

3.1.1.9 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Patente p/física) - $ 250.-

3.1.1.8 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 250

3.1.1.8.9 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Mod.Ut.p/física) - $ 125

3.1.2 Por reivindicación excedente de DIEZ(10).(Patente p/jurídica) - $ 20.-

3.1.2.9 Por reivindicación excedente de DIEZ(10).(Patente p/física) - $ 10.-

3.1.2.8 Por reivindicación excedente de DIEZ(10).(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 10.-

3.1.2.8.9 Por reivindicación excedente de DIEZ(10).(Mod.Ut.p/física) - $ 5.-

3.2 Pedido de publicación anticipada.(Patente p/jurídica) - $ 100.-

3.2.9 Pedido de publicación anticipada..(Patente p/física) - $ 50.-

3.2.8 Pedido de publicación anticipada.(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 50.-

3.2.8.9 Pedido de publicación anticipada .(Mod.Ut.p/física) - $ 25.-

3.3 PEDIDO DE EXAMEN DE FONDO

3.3.1 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Patente p/jurídica) - $ 500.-

3.3.1.9 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Patente p/física) - $ 250.-

3.3.1.8 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 250.-

3.3.1.8.9 Hasta DIEZ (10) reivindicaciones.(Mod.Ut.p/física) - $ 125.-

3.3.2 Por cada reivindicación excedente de DIEZ(10).(Patente p/jurídica) - $ 20.-

3.3.2.9 Por cada reivindicación excedente de DIEZ(10).(Patente p/física) - $ 10.-

3.3.2.8 Por cada reivindicación excedente de DIEZ(10).(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 10.-

3.3.2.8.9 Por cada reivindicación excedente de DIEZ(10).(Mod.Ut.p/física) - $ 5.-

3.4 PEDIDO DE PRORROGA PARA CONTESTACION DE VISTAS

3.4.1 Primer pedido.(Patente p/jurídica) - $ 100.-

3.4.1.9 Primer pedido.(Patente p/física) - $ 50.-

3.4.1.8 Primer pedido.(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 50.-

3.4.1.8.9 Primer pedido.(Mod.Ut.p/física) - $ 25.-

3.4.2 Segundo pedido.(Patente p/jurídica) - $ 100.-

3.4.2.9 Segundo pedido.(Patente p/física) - $ 50.-

3.4.2.8 Segundo pedido.(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 50.-

3.4.2.8.9 Segundo pedido.(Mod.Ut.p/física) - $ 25.-

3.4.3 Tercer pedido.(Patente p/jurídica) - $ 100.-

3.4.3.9 Tercer pedido.(Patente p/física) - $ 50.-

3.4.3.8 Tercer pedido.(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 50.-

3.4.3.8.9 Tercer pedido.(Mod.Ut.p/física) - $ 25.-

3.5. Conversion de Modelo de Utilidad a Patente y viceversa.(Patente p/jurídica) - $ 200.-

3.5.9 Conversion de Modelo de Utilidad a Patente y viceversa.(Patente p/física) - $ 100.-

3.5.8 Conversion de Modelo de Utilidad a Patente y viceversa .(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 100.-

3.5.8.9 Conversion de Modelo de Utilidad a Patente y viceversa.(Mod.Ut.p/física) - $ 50.-

3.6. ANUALIDADES PARA PATENTES

3.6.1 1° A 3° año, por año (Patente p/jurídica) - $ 100.-

3.6.1.9 1° A 3° año, por año.(Patente p/física) - $ 50.-

3.6.1.8 1° A 3° año, por año(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 50.-

3.6.1.8.9 1° A 3° año, por año(Mod.Ut.p/física) - $ 25.-

3.6.2 4 ° A 6 ° año, por año (Patente p/jurídica) - $ 250.-

3.6.2.9 4 ° A 6 ° año, por año .(Patente p/física) - $ 125.-

3.6.2.8 4 ° A 6 ° año, por año (Mod.Ut. p/jurídica) - $ 125.-

3.6.2.8.9 4 ° A 6 ° año, por año(Mod.Ut.p/física) - $ 62.5.-

3.6.3 7° año en adelante, por año (Patente p/jurídica) - $ 500.-

3.6.3.9 7° año en adelante, por año .(Patente p/física) - $ 250.-

3.6.3.8 7° año en adelante, por año (Mod.Ut. p/jurídica) - $ 250.-

3.6.3.8.9 7° año en adelante, por año (Mod.Ut.p/física) - $ 125.-

3.7 Recargo por incumplimiento en los plazos de pago de las anualidades:TREINTA POR CIENTO (30%) sobre el valor del respectivo arancel.

3.6.1.7 1° A 3° año, por año (Patente p/jurídica) - $ 130.-

3.6.1.7.9 1° A 3° año, por año.(Patente p/física) - $ 65.-

3.6.1.7.8 1° A 3° año, por año(Mod.Ut. p/jurídica) - $ 65.-

3.6.1.7.8.91° A 3° año, por año(Mod.Ut.p/física) - $ 32.5.-

3.6.2.7 4 ° A 6 ° año, por año (Patente p/jurídica) - $ 325.-

3.6.2.7.9 4 ° A 6 ° año, por año .(Patente p/física) - $ 162.5.-

3.6.2.7.8 4 ° A 6 ° año, por año (Mod.Ut. p/jurídica) - $ 162.5.-

3.6.2.7.8.94 ° A 6 ° año, por año(Mod.Ut.p/física) - $ 81.25.-

3.6.3.7 7° año en adelante, por año (Patente p/jurídica) - $ 650.-

3.6.3.7.9 7° año en adelante, por año .(Patente p/física) - $ 325.-

3.6.3.7.8 7° año en adelante, por año (Mod.Ut. p/jurídica) - $ 325.-

3.6.3.7.8.97° año en adelante, por año (Mod.Ut.p/física) - $ 162.5

3.8 Aranceles de Modelos de Utilidad:CINCUENTA POR CIENTO(50%) de los que corresponden a patentes, numerados de punto 1 a punto 7 inclusive.

3.9 Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), particulares, Universidades Públicas Nacionales o Provinciales e instituciones de finalidad no económica, pagarán aranceles equivalentes a la mitad de los aquí establecidos, numerados de punto 1 a 7 inclusive.

3.10 Observación por parte de terceros - $ 150.-

3.11 CONTRATO DE LICENCIA

3.11.1 Por oferta de explotación voluntaria - $ 200.-

3.11.2 Por licencia obligatoria por falta de uso o por praácticas anticompetitivas - $ 1.500.-

3.12 Pedido de paralización de trámite cada TREINTA(30) días corridos. - $ 500.-

Oficios y Transferencias

4. ARANCELES CORRESPONDIENTES A OFICIOS, TRANSFERENCIAS Y OTROS REGISTROS

4.1 INFORMACION ORDENADA EN OFICIOS JUDICIALES

4.1.1 Hasta CINCO(5) Marcas, Patentes, Modelos de Utilidad, Modelos o Diseños Industriales o Contratos de Transferencia de Tecnología. - $ 30.-

4.1.2 Adicional por más de CINCO(5) por cada Marca, Patente, Modelos de Utilidad, Modelos o Diseños Industriales o Contratos de Transferencia de Tecnología. - $ 10.-

4.2 SOLICITUD DE ANOTACION DE MEDIDAS CAUTELARES (EMBARGOS O INHIBICIONES A PETICION DE PARTE, ANOTACION DE LITIS; MEDIDA DE NO INNOVAR) O INFORMACION SOBRE LA EXISTENCIA DE MEDIDAS CAUTELARES.

4.2.1 Hasta CINCO(5) medidas cautelares. - $ 50.-

4.2.2 Por cada medida adicional en todos los casos - $ 10.-

4.3 Levantamiento de medida cautelar, a pedido de parte. - $ 40.-

4.4 COPIAS DE EXPEDIENTES PARA PRESENTACION JUDICIAL INCLUIDO SU DILIGENCIAMIENTO

4.4.1 POR COPIA SIMPLE DE CADA EXPEDIENTE

4.4.1.1 Marcas, Modelos y Diseños Industriales , Modelos de Utilidad - $ 20.-

4.4.1.2 Patentes - $ 40.-

4.4.2 POR COPIA AUTENTICADA DE CADA EXPEDIENTE

4.4.2.1 Marcas, Modelos y Diseños Industriales , Modelos de Utilidad - $ 40.-

4.4.2.2 Patentes - $ 80.-

4.5 RECEPCION Y DILIGENCIAMIENTO DE DEMANDAS

4.5.1 Por un acta - $ 50.-

4.5.2 Por acta adicional - $ 10.-

4.6 Búsquedas de antecedentes: Se aplican los mismos que los de las áreas correspondientes.

4.7 Solicitud de exclusión de productos/ servicios protegidos (renuncia), parcial o total. - $ 40.-

4.8 Registro de poderes (cada uno). - $ 10.-

4.9 Registro o cancelación de prendas en Patente, Modelo de Utilidad, Marca, Modelo o Diseño Industrial (cada uno). - $ 50.-

Departamento de Información Tecnológica

5 ARANCELES CORREPONDIENTES A INFORMACION TECNOLOGICA

5.1 BUSQUEDA DE ANTECEDENTES (PATENTES, MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES, MARCAS EXTRANJERAS, TECNOLOGIAS DISPONIBLES Y OTROS ANTECEDENTES)

5.1.1 BUSQUEDAS TEMATICAS

5.1.1.1 Por cada base de datos de antecedentes argentinos. Hasta DIEZ(10) citas de documentos. - $ 50.-

5.1.1.2 Antecedentes internacionales, Hasta DIEZ(10) citas de documentos. - $ 150.-

5.1.2 BUSQUEDA POR DATO BIBLIOGRAFICO(EXCEPTO TITULO)

5.1.2.1 Antecedentes argentinos. Hasta DIEZ(10) citas de documentos - $ 20.-

5.1.2.2 Antecedentes internacionales, Hasta DIEZ(10) citas de documentos. - $ 60.-

5.1.3 Por cada cita de antecedente en exceso de DIEZ(10) - $ 1.-

5.1.4 Búsquedas realizadas por el interesado, asistido por personal del INPI. Arancel preliminar y mínimo por hora de servicio. - $ 100.-

5.1.5 Opción de consulta, proveedores comerciales de base de datos.Costo adicional a los citados previamente. - Costo de la fuente

5.1.6 Impresión de documentos durante búsquedas asistidas. Por página. - $ 0.50

5.2.1 VIGILANCIA TEMATICA

5.2.1.1 Documentos argentinos - $ 170.-

5.2.1.2 Documentos extranjeros - $ 450.-

5.2.2 POR DATO BIBLIOGRAFICO (EXCEPTO TITULO)

5.2.2.1 Documentos argentinos - $ 70.-

5.2.2.2 Documentos extranjeros - $ 180.-

5.3. Informe sobre el estado de la técnica. Base de datos disponibles en el INPI, por informe - $ 300.-

5.4 TENDENCIAS DE PATENTAMIENTO(ESTADISTICAS) BASE DE DATOS DISPONIBLES EN EL INPI

5.4.1 Antecedentes argentinos: Por subclase o grupo de la Clasificación Internacional de Patentes o por otro dato bibliográfico accesible. - $ 100.-

5.4.2 Antecedentes extranjeros: Por subclase o grupo de la Clasificación Internacional de Patentes o por otro dato bibliográfico accesible. - $ 150.-

5.5 Provisión de copias de documentos extranjeros de fuentes comerciales:Costo de la fuente más costos de las fotocopias. Arancel Preliminar. - $ 20.-

5.6 Boletines de Difusión Selectiva de información, por ejemplar. - $ 20.-

5.7 ENVIO DE DOCUMENTACION AL DOMICILIO DEL SOLICITANTE:

5.7.1 .Correo con aviso de retorno. - $ 10.-

5.7.2 Fax nacional, cada DIEZ(10) páginas o fracción - $ 10.-

5.7.3 Por correo electrónico - Sin costo

Dirección de Tranferencia de Tecnología

6. ARANCELES CORRESPONDIENTES A TRAMITES DE TRANSFERENCIA DE TECNOLOGIA

6.1 Solicitud de registro - DOS POR MIL(2,0/00) sobre el valor económico del Convenio

6.2 Extención certificados DGI. - $ 150.-

Aranceles comunes a todos los tramites

7. ARANCELES COMUNES A TODOS LOS TRAMITES

7.1 Transferencia de derechos o cambio de rubro - $ 50.-

7.2 Extensión de certificado de prioridad internacional - $ 50.-

7.3 Extensión de certificado de estado de trámite - $ 20.-

7.4 Emisión de nuevo testimonio - $ 50.-

7.5 Contestación de vistas por incumplimientos formales (excepto patentes) - $ 30.-

7.6 Recursos administrativos (Depósitos reembolsables en caso de admisión) - $ 100.-

7.7 Solicitud de extensión de plazo - $50.-

7.8 BOLETINES

7.8.1 Boletín de Marcas por ejemplar, impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 5.-

7.8.2 Boletín de Patentes por ejemplar, impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 5.-

7.8.3 Boletines atrasados Marcas y/o Patentes,impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 7.-

7.8.4 Suscripción Marcas hasta VEINTICUATRO(24). Boletín ,impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 105.-

7.9 REVISTAS CORREPONDIENTES A LA PUBLICACION DE CONCESIONES(IMPRESO O SOBRE CUALQUIER TIPO DE SOPORTE).

7.9.1 Revista mensual de Marcas, Patentes y/o Modelos y Diseños Industriales, impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 35.-

7.9.2 Revista semestral de Marcas, Patentes y/o Modelos y Diseños Industriales, impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 210.-

7.9.3 .Revista anual de Marcas, Patentes y/o Modelos y Diseños Industriales, impreso o sobre cualquier tipo de soporte. - $ 420.-

7.9.4 Envío postal de boletines o revistas - $ 40.-

7.10 COPIA DE DOCUMENTO PARA TERCEROS EXCLUIDOS LOS EXPEDIENTES PARA LA PRESENTACION JUDICIAL.

7.10.1 Fotocopias simples, hasta DIEZ(10) páginas o entrega en forma electrónica - $ 1.5.-

7.10.2 Excedente de DIEZ(10) páginas, por página. - $ 0.15.-

7.10.3 Fotocopia autenticada, hasta DIEZ(10) páginas. - $ 25.-

7.10.4 Excedente de DIEZ(10) páginas, por página. - $ 2.5.-

7.11 Desarchivo de expedientes en archivo general.Cada uno. - $ 10.-


Législation Met en application (1 texte(s)) Met en application (1 texte(s)) Se rapporte à (2 texte(s)) Se rapporte à (2 texte(s))
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N° WIPO Lex AR083