En los casos de solicitudes de infracción por competencia desleal que deriven de la importación de mercancías, aun y cuando la mercancía sea abandonada en la Aduana se actualiza la infracción, pues el sólo hecho de requisitar la importación de mercancías que invadan registros marcarios acredita una conducta dolosa en perjuicio de los derechos del titular de un registro marcario