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Descripción del servicio

En esta página se describen los principales procedimientos que deben seguir los solicitantes y las oficinas así como las características del DAS que facilitan dichos procedimientos.

El sistema que se describe en esta página constituye la segunda versión principal del DAS, que fue aprobada en la tercera reunión del Grupo de Trabajo sobre el DAS, celebrada del 12 al 14 de julio de 2011. El sistema 2.0 del DAS consta de funciones transitorias de modo que las oficinas que siguen funcionando mediante el sistema anterior puedan funcionar con el nuevo sistema procediendo a cambios mínimos. Se incluye también, a modo de referencia, una descripción del anterior sistema.

 

Cambios en el DAS, nueva vía

El nuevo sistema DAS, disponible a partir de julio de 2012, tiene las siguientes características y ofrece las siguientes funciones.

Ampliación

  1. Además de aplicarse a las patentes, el servicio se aplica a los documentos de prioridad relativos a otros tipos de derechos de P.I., incluidas las marcas, los diseños industriales y los modelos de utilidad.
  2. Las oficinas podrán decidir si desean o no participar en relación con cada tipo de derecho de P.I.
  3. La versión DAS 2.0 es compatible con los colores, la escala de grises y las imágenes de gran dimensión, inicialmente en formato JPEG y TIFF para los diseños industriales y las marcas.
  4. En función de los acuerdos técnicos bilaterales concertados entre una oficina participante y la Oficina Internacional, el DAS 2.0 puede suministrar a la oficina los documentos de prioridad solicitados en relación con un tipo específico de solicitud de P.I. en papel o en DVD hasta que dicha oficina esté lista para recibirlos mediante el mecanismo concertado de transferencia automatizada. Ese procedimiento será realizado manualmente por el personal de la Oficina Internacional y no constituye un requisito operativo del sistema.

Mejoras

  1. Las anteriores Vías A, B y C son sustituidas por una única Vía basada en una versión modificada de la propuesta de “Vía D” formulada por la Delegación del Japón en la tercera reunión del Grupo de Trabajo.
  2. Los principales objetivos de la nueva Vía son simplificar el sistema para el solicitante, fomentar una mayor utilización del sistema y ofrecer el nivel necesario de seguridad y garantías acerca del sistema a las oficinas y los solicitantes.
  3. El principal mecanismo de seguridad de la nueva Vía es el código de acceso, que será generado por la OPP o la Oficina Internacional, transmitido por el solicitante a la OSP y utilizado para autorizar el acceso al documento por la OSP.
  4. El portal de la oficina viene a ser un mecanismo simplificado para que las oficinas con poco volumen de actividades puedan participar en el sistema.
  5. El portal del solicitante tiene por finalidad:
    • Gestionar, sobre la base de una cuenta, todos los documentos de prioridad relativos a un usuario (el solicitante o su representante).
    • Suministrar información al solicitante acerca de la recuperación y la aprobación o denegación de todos los tipos de solicitudes de derechos de P.I.
    • Con la nueva Vía, los solicitantes ya no tienen que establecer listas de control de acceso, excepto en los casos de transición en los que las OSP no hayan actualizado su sistema para utilizar códigos de acceso.
    • Eso significa que el portal del solicitante tiene por finalidad principal informar y que no es esencial que el solicitante cree una cuenta y dé su autorización de acceso a la OSP para cada documento.
  6. Se ha descartado el principio de que los documentos de prioridad se pongan “a disposición del público” mediante el servicio.

Requisitos para la transición

Durante un determinado período de tiempo, habrá oficinas que seguirán funcionando con las Vías A y C (sólo para los documentos de patentes), mientras que otras oficinas habrán empezado a funcionar con la nueva Vía. Se deberá velar por la coexistencia de esas formas de funcionamiento hasta que todas las oficinas hayan actualizado sus procedimientos y sus sistemas de T.I. El período de transición debe ser tan sencillo como sea posible para el solicitante.

Con ese fin, lo principal es que la OPP y la OSP puedan seguir utilizando los sistemas técnicos existentes para las Vías A y C durante el período de transición pero sólo para los documentos de patentes. A medida que más oficinas adopten la nueva Vía, el sistema pasará a ser cada vez más sencillo para las oficinas y los solicitantes.

  • La OPP debe indicar el tipo de derecho de P.I. y la fecha de solicitud con cada documento. Si la OPP no indica el tipo de derecho de P.I. de que se trata, se partirá de que el documento es un documento de patente. En lo que respecta al período de transición durante el cual la OPP no indique la fecha de solicitud, el sistema funcionará sin validar la fecha de dichos documentos.
  • La OPP también debe generar un código de acceso e incluir dicho código en los metadatos utilizados para registrar documentos en el DAS. Si la OPP no genera el código de acceso, la Oficina Internacional se encargará de ello.
  • La adición de documentos para nuevos tipos de derechos de P.I. será una opción voluntaria para cada OPP. Por consiguiente, incumbirá a cada OPP decidir si desea y cuándo desea ofrecer el servicio DAS en relación con cada tipo de derecho de P.I.
  • La OPP deberá modificar sus procedimientos para aceptar el código de acceso del solicitante y actualizar su sistema de T.I. para proporcionar el código de acceso cuando solicite documentos del sistema. Durante el período de transición, la OSP podrá recuperar documentos (sólo documentos de patentes) en el sistema sin código de acceso pero sólo si el solicitante ha establecido una lista de códigos de acceso que permite dicho acceso.
  • Las OSP también deberán actualizar sus sistemas de T.I. para indicar el tipo de derecho de P.I. y la fecha de prioridad con cada solicitud. Durante el período de transición, el sistema aceptará solicitudes sin indicación del tipo de derecho de P.I. o de fecha de prioridad, pero sólo en lo que se refiere a los documentos de patentes.

Mecanismo de seguridad

Una vez sea plenamente operativo, el mecanismo de seguridad del DAS 2.0 SÓLO funcionará sobre la base del código de acceso creado por la OPP o la Oficina Internacional y suministrado a la OSP por el solicitante. Puede que no todas las oficinas participantes puedan migrar a la nueva Vía al mismo tiempo y, por consiguiente, se precisa un período de transición durante el cual, los solicitantes deberán establecer una lista de control de acceso para cada documento a los fines de especificar qué OSP pueden consultar el documento. Transcurrido el período de transición, la nueva Vía pasará a ser operativa y ya no se utilizará la lista de control de acceso.

Lo principal que hay que comprender en lo que se refiere al período de transición es el mecanismo de seguridad y de interacción de la lista de control de acceso y el código de acceso.

El acceso se concede sobre la base de la lista de control de acceso o del código de acceso, como se indica en el diagrama que figura a continuación. El diagrama se aplica exclusivamente al período de transición.

das_security

Nota: Esta forma de proceder no se aplica a los documentos de marcas, cuyo acceso se autoriza a toda OSP.

 

Eso significa que el solicitante deberá utilizar el portal del solicitante para establecer una lista de control de acceso durante el período de transición para todas las OSP que todavía no hayan actualizado sus sistemas de T.I. para indicar el código de acceso.

Procedimientos

Registro de un documento de prioridad

La finalidad de este procedimiento es registrar documentos de prioridad mediante el sistema DAS de modo que:

  • El documento quede almacenado en el sistema o un enlace a un documento externo quede almacenado en el sistema DAS.
  • La solicitud de prioridad quede registrada en el DAS.
  • El solicitante reciba un código de acceso.

El solicitante habrá presentado previamente una solicitud ante la OPP. La copia de dicha solicitud constituirá un documento de prioridad en las demás oficinas.

Etapas

  1. El solicitante pide a la OPP que el documento de prioridad sea registrado en el sistema DAS. Esa notificación se puede realizar de diferentes formas, en función de los procedimientos de la OPP en cuestión. El solicitante puede presentar la petición en el momento de presentar la solicitud original o presentar una petición por separado ante la OPP. Puede que la OPP no exija que el solicitante curse una petición para registrar el documento de prioridad en el sistema DAS.
  2. La OPP podrá verificar el derecho del solicitante a presentar solicitudes en el extranjero y proceder a otras verificaciones si procede.
  3. La OPP suministra los datos obligatorios de la petición de registro, incluido el tipo de derecho de P.I., el código de la oficina de prioridad, el número de solicitud de prioridad, la fecha de presentación de la solicitud de prioridad y el código de acceso creado por la OPP. Si incumbe al DAS generar el código de acceso, deberá suministrarse la dirección de correo-e del solicitante como parte de los metadatos de registro.
  4. La OPP pone el documento a disposición en el sistema DAS de una de las siguientes formas:
    • La OPP carga una copia del documento en el sistema DAS o envía la información al sistema DAS acerca de la disponibilidad del documento, utilizando con ese fin el protocolo PCT-EDI y la función “añadir otra entrada”.
    • La OPP envía la información al sistema DAS acerca de la disponibilidad del documento, utilizando el protocolo TDA y la nueva función “dasRegister”.
    • La OPP carga una copia del documento en el sistema DAS utilizando el portal de la oficina.
  5. La OPP o el sistema DAS notifica al solicitante un único “código de acceso” que será necesario para que la OSP recupere el documento:
    • Si la OPP es compatible con esa función, generará el código de acceso, lo enviará al solicitante y notificará al sistema DAS acerca del código de acceso como parte de los metadatos de registro.
    • Para las OPP que no tengan la posibilidad de generar códigos de acceso, el sistema DAS genera el código, lo almacena con el documento y envía una notificación al solicitante por corre-e. En ese caso, deberá indicarse la dirección de correo-e del solicitante como parte de los metadatos de registro.

Variaciones

  • No se generan códigos de acceso para los documentos de marcas.
  • La OPP puede decidir también que todas las solicitudes de determinado tipo (por ejemplo, todas las solicitudes de registro de marcas) se pongan sistemáticamente a disposición del DAS, independientemente de que lo haya o no pedido el solicitante.
  • Sobre la base de un acuerdo bilateral con la Oficina Internacional, la OPP puede presentar documentos al sistema DAS en papel. En ese caso, la Oficina Internacional ejercerá la función de la OPP en el flujo de base anteriormente descrito (registro del documento, suministro de metadatos, generación del código de acceso).
  • Puede haber oficinas cuyos sistemas de T.I. presenten limitaciones técnicas o no puedan cargar documentos mediante el portal de la oficina, que no tenga capacidad para documentos de gran dimensión (por ejemplo, 50 MB). Todo documento sobredimensionado será enviado a la Oficina Internacional en CD/DVD
  • Si la OPP procede al registro sin indicar la fecha de presentación de la solicitud de prioridad, el sistema rechaza la petición de registro. Eso permite que el DAS verifique la fecha de presentación de la solicitud de prioridad al recuperar el documento.

Transición: variaciones

Las OPP que en la actualidad siguen funcionando con la Vía A o C seguirán utilizando el sistema de la misma manera hasta que hayan actualizado los respectivos sistemas de T.I. En la transición se partirá de los siguientes principios:

  • Dichas oficinas solo podrán cargar documentos de patentes y el sistema indicará automáticamente la condición de “patente” en el tipo de derecho de P.I.
  • Durante el período de transición, el sistema seguirá permitiendo que las OPP realicen registros sin indicar la fecha de presentación (en cuyo caso, deberá pasarse por alto la parte de la fecha de presentación en la verificación por el DAS en la etapa de la OSP).
  • Si la OPP no genera el código de acceso, debe indicar la dirección de correo–e del solicitante de modo que la Oficina Internacional pueda generar el código de acceso y enviarlo al solicitante.

Otras funciones del sistema

  • Son compatibles los documentos relativos a los siguientes derechos de P.I.: patentes, marcas, diseños industriales y modelos de utilidad.
  • Cuando se cargue o ponga a disposición un documento deberán indicarse los siguientes metadatos, que deberán almacenarse en el sistema: oficina de primera presentación, número de solicitud y fecha de presentación de la solicitud. Otra posibilidad es indicar la fecha de renuncia del solicitante (por ejemplo, el formulario SB39 de la USPTO) y almacenarla en el sistema.
  • El sistema debe ser compatible con documentos en color e imágenes en escala de grises, formato JPEG o TIFF para los diseños industriales y para las marcas.
  • Al principio, el protocolo TDA sólo se aplicará a las patentes. Eso significa que los documentos relativos a otros derechos de P.I. sólo podrán cargarse en el sistema utilizando el protocolo PCT-EDI o el portal de la oficina. De cara al futuro, es menester ampliar el protocolo TDA para que sea compatible con otros derechos de P.I.
  • Si no se tiene la dirección electrónica del solicitante, la OPP puede indicar la dirección de correo postal al sistema DAS de modo que se envíe el código de acceso al solicitante en papel.
  • El código de acceso puede ser generado por la OPP o por la Oficina Internacional. Incumbe a la OPP optar por una u otra alternativa. Para minimizar la posibilidad de errores se exige un formato uniforme de código a todas las OPP. El código creado debe consistir exactamente en cuatro caracteres alfanuméricos sin hacer distinción de mayúsculas y minúsculas. No obstante, aun cuando se autorizan todos los caracteres alfanuméricos, con miras a la compatibilidad con los códigos que ya utiliza la USPTO, se recomienda encarecidamente utilizar exclusivamente caracteres hexadecimales en mayúsculas (dígitos 0 a 9) y sólo seis letras, de la A a la F para evitar errores de transcripción debido a la existencia de caracteres de apariencia similar. Se cumple así con la norma ISO 7064.
  • El código de acceso sólo será generado una vez por documento. Una vez emitido, se quedará así para toda la vida, evitándose así la introducción de procedimientos administrativos adicionales en la OPP y la OSP.
  • En caso de cambio en la fecha de presentación de la solicitud de prioridad, la oficina depositante deberá enviar información actualizada al DAS mediante una nueva operación “dasRegister” del protocolo TDA o añadiendo una entrada en el protocolo PCT EDI. Deberán especificarse los detalles de la nueva operación “dasRegister” y añadirse al protocolo TDA mediante una nueva petición de cambios. Cabe pensar que serán muy pocos los casos en los que haya que actualizar la fecha de prioridad una vez que el documento haya sido recuperado por las oficinas con derecho de acceso. Por consiguiente, la notificación a las oficinas de la sustitución del documento puede hacerse caso por caso como parte de la supervisión y el seguimiento del funcionamiento del sistema.
  • La fecha de registro del documento en la nueva Vía pasará a ser la fecha de disponibilidad del documento, que se especifica en el certificado de disponibilidad generado por el DAS.
  • Los documentos que contengan imágenes en color pueden ser registradas en el DAS, independientemente del tipo de solicitudes de derechos de P.I. de que se trate.

Cuestiones

  1. Para las Oficinas que generan códigos de acceso se recomienda proceder al registro en el DAS antes de comunicar el código de acceso al solicitante. En caso de realizar esas operaciones en orden inverso podría suceder que haya solicitantes que no asocien los documentos de prioridad con su cuenta de la OMPI debido al retraso en la comunicación de los registros en el DAS entre la OPP y el DAS.
  2. Como ha recomendado el Grupo de Trabajo sobre el DAS, se descarta el principio de “puesta a disposición del público” de los documentos de prioridad con respecto a las autorización de acceso. En la actualidad, hay oficinas que indican en el sistema DAS la fecha de publicación de la solicitud como parte de los metadatos de registro. En el futuro, si la OPP indica la fecha de publicación, dicha fecha quedará almacenada en el sistema pero no será utilizada.
  3. Hay oficinas que tienen sus propias bibliotecas digitales de documentos de prioridad. Pero el acceso al documento de prioridad pertinente se concede una vez que le DAS ha procedido a comprobar las fechas de presentación de la solicitud de prioridad y a verificar el código de acceso. En la medida en que la fecha de presentación de la solicitud de prioridad constituye un elemento importante que se utiliza para autorizar el acceso a los documentos y si la OPP procede a corregir dicha fecha tras el registro en el DAS, deberían tomarse las disposiciones necesarias para que las oficinas actualicen el archivo que se encuentra en el DAS.
  4. Se plantearán casos en los que la OPP haya generado códigos de acceso como oficina que utiliza la Vía C pero el solicitante los utilizará para registrar los correspondientes documentos de prioridad mediante el portal del solicitante una vez que la oficina haya migrado a la nueva Vía. En esos casos, el DAS tratará esas solicitudes como solicitudes desconocidas y emitirá un mensaje de aviso en el que se indique una de las razones siguientes:
    • Puede que el código de acceso sea incorrecto
    • Puede que el número de solicitud sea incorrecto
    • Puede que el código de acceso haya sido generado por la OPP mediante la Vía C y que el solicitante no haya registrado la solicitud antes de la migración de la oficina a la nueva Vía el [FECHA DE MIGRACIÓN]. Con ese fin, el sistema debe registrar la fecha de migración de cada oficina que utiliza la Vía C, teniéndose en cuenta que esos casos no se aplican a las oficinas que utilizan la Vía A. En el mensaje de aviso debe recomendarse al solicitante que pida que el documento de prioridad sea nuevamente registrado por la OPP en el DAS.

Diagrama

Nota: No se generan códigos de acceso para los documentos de marcas.

Recuperación de documentos de prioridad

La finalidad de ese procedimiento es recuperar documentos de prioridad en el sistema DAS. Las Oficinas de segunda presentación tienen acceso al sistema utilizando el protocolo TDA o PCT EDI o el portal de la oficina, especifican los datos necesarios para identificar el documento de prioridad pertinente y obtienen una copia del documento en el sistema DAS.

El solicitante ha presentado una solicitud en la OSP y ha notificado a esta última la oficina de prioridad, el número de la solicitud de prioridad, la fecha de presentación de la solicitud de prioridad y el código de acceso para obtener la copia de una solicitud de prioridad mediante el sistema DAS.

Etapas

  1. El solicitante pide a la OSP que se recupere un documento de prioridad mediante el sistema DAS. Esa petición puede efectuarse de diferentes formas, en función de los procedimientos de la oficina de que se trate. El solicitante debe indicar un código de acceso con la petición. Puede que la OPP no exija una petición del solicitante para obtener documentos de prioridad mediante el DAS.
  2. La OSP pide que se obtenga una copia del documento de prioridad utilizando el sistemas DAS. La OSP suministra los siguientes datos en la petición: código de la oficina de prioridad, tipo de derecho de P.I., número de solicitud de prioridad, fecha de presentación de solicitud de prioridad y código de acceso:
    • Si la OSP utiliza el protocolo TDA, la petición se envía mediante la función “pdRequest”.
    • Si la OSP utiliza el protocolo PCT EDI, la petición se envía mediante la función “recuperación del documento”.
    • Si la OSP utiliza el portal de la Oficina, la petición se presenta mediante una operación de descarga.
  3. El sistema verifica la disponibilidad del documento y la validez del código de acceso. Si los datos de identificación o el código de acceso no son correctos, el sistema emite un mensaje de error con la razón por la que la petición es rechazada (por ejemplo, “el número de solicitud y el código de acceso no corresponden”, etc.).
  4. El sistema recupera el documento de prioridad:
    • Si la OPP ha registrado el documento utilizando el protocolo TDA, el sistema recupera el documento de la biblioteca digital de la OPP, mediante una función “pdRequest”. Incumbe a la OPP verificar que corresponda la fecha de presentación de la solicitud y proporcionar la respuesta adecuada.
    • Si la OPP ha descargado el documento utilizando el protocolo PCT EDI o el portal de la oficina, el sistema recupera el documento de su propia biblioteca digital si la fecha de presentación de la solicitud indicada por la OSP corresponde con la inscripción que se haya efectuado en el DAS. Si la fecha de presentación de la solicitud no corresponde con el archivo del DAS, el sistema emitirá un mensaje de error con la razón por la que se ha rechazado la petición (por ejemplo, “el número de solicitud y la fecha de presentación no corresponden”).
    • Si la OPP ha registrado el documento con un enlace al documento externo que esté en la OPP utilizando el protocolo PCT EDI, el sistema recupera el documento de la biblioteca digital de la OPP mediante la función “recuperación de documentos”. Incumbe a la OPP verificar que la fecha de presentación de la solicitud corresponda y suministrar la respuesta adecuada.
  5. El sistema suministra el documento a la OSP en respuesta a una de las operaciones de petición que se describen en la etapa 2.

Variaciones

  • No existen códigos de acceso para los documentos de marcas. Toda OSP tiene acceso a cualquier documento de marca que esté registrado en el sistema DAS.
  • En lo que se refiere a los documentos de prioridad en relación con patentes, diseños industriales y modelos de utilidad, debe obtenerse autorización exclusivamente sobre la base del código de acceso, como se explica en la sección relativa a la seguridad. No hay que descartar la posibilidad de que las OSP reciban antiguos códigos de acceso (un máximo de 10 caracteres alfanuméricos) de los solicitantes.

Transición: Variaciones

Las OSP que no hayan actualizado sus sistemas pueden verse obligadas a aceptar documentos relativos a modelos de utilidad y diseños industriales como documentos de prioridad en relación con solicitudes de patente (no cabe descartar otras posibilidades tampoco). En ese caso, la OSP puede ponerse en contacto con la Oficina Internacional y pedir una copia del documento o concertar un acuerdo bilateral con la Oficina Internacional de modo que los documentos de prioridad relativos a los modelos de utilidad sean enviados en papel o en DVD.

Las OSP que en la actualidad siguen funcionando con la Vía A o C deberán actualizar sus sistemas para recuperar documentos en el sistema DAS, procediendo de las siguientes maneras:

  • Suministrando todos los datos de identificación al solicitar el documento. Se trata de los siguientes datos: código de la oficina de prioridad, tipo de derecho de P.I., número de solicitud de prioridad, fecha de presentación de la solicitud de prioridad, código de acceso.
  • Si la OSP no ha actualizado sus sistemas para suministrar los datos necesarios, sólo podrán recuperarse los documentos de patentes.

Hay oficinas depositantes (por ejemplo, la Oficina Japonesa de Patentes) que ofrecen la posibilidad de poner a disposición documentos de prioridad extranjeros contenidos en una solicitud nacional. Es necesario registrar el número de solicitud nacional y el código de país del documento de prioridad además del código de la oficina de prioridad, el número de solicitud de prioridad y la fecha de presentación de la solicitud de prioridad. Eso es útil, en la medida en que la verdadera oficina de primera presentación no sea también una oficina participante en el DAS. De esa manera, en principio, una solicitud de prioridad individual podría ser registrada más de una vez en el DAS. Se emitirían múltiples códigos válidos de acceso que serían registrados debidamente para determinar la OPP adecuada. En el caso improbable de que existan códigos relativos a la misma solicitud procedentes de diferentes oficinas que correspondan, el DAS deberá suministrar el documento, de preferencia directamente a partir de la OPP (si el código corresponde con el código de la OPP) o de la oficina que haya registrado en primer lugar la solicitud con dicho código.

Otras funciones del sistema

  • Habrá compatibilidad con los documentos relativos a los siguientes derechos de P.I.: patentes, marcas, diseños industriales y modelos de utilidad.
  • El sistema es compatible con documentos en color e imágenes en escala de gris en formato JPEG, TIFF o PDF para los diseños industriales y las marcas.
  • Los documentos son transmitidos a las oficinas con derecho de acceso cuando se reciben de las oficinas depositantes. Pero puede haber oficinas que, en su calidad de OSP, adolezcan de limitaciones técnicas y acepten únicamente los documentos en formato blanco y negro TIFF. En ese caso, el DAS procederá a una conversión de color o escala de grises a blanco y negro, con la posible pérdida de calidad, por lo que sería útil contar con un indicador en el protocolo de transmisión para notificar esos casos a las oficinas con derecho de acceso.
  • Al principio, el protocolo TDA sólo se aplicará a las patentes. Eso significa que los documentos relativos a otros tipos de derechos de P.I. sólo podrán solicitarse al sistema utilizando el protocolo PCT–EDI o el portal de la oficina. Debe ampliarse el protocolo TDA para que sea compatible con otros derechos de P.I.
  • Puede haber oficinas que adolezcan de limitaciones técnicas en sus sistemas de T.I. o en el TDA y que no puedan aceptar documentos de gran tamaño (por ejemplo, de 50 MB). En esos casos, todo documento sobredimensionado será suministrado a la oficina solicitante en CD/DVD como se viene haciendo por el momento (incluido el sistema DAS propiamente dicho).
  • Los mensajes de error claros ayudan a las oficinas a responder a todo error que pueda producirse debido a una disparidad en la combinación del número de solicitud de prioridad, código de acceso y fecha de presentación de la solicitud de prioridad.

Diagrama

das_retrieve

Nota: En el caso de los documentos de marcas, no se requiere un código de acceso.

Portal del solicitante

El portal del solicitante del DAS 2.0 es opcional y sólo requiere la creación de una cuenta de usuario en la OMPI. Está destinado únicamente al seguimiento de la utilización del servicio.

Desde este portal, el solicitante tiene acceso a algunas funciones de mantenimiento de su cartera de documentos en el sistema DAS, en particular:

  • Vincular y desvincular documentos respecto de una cuenta de usuario.
  • Ver información sobre los documentos, incluida información sobre el acceso y la situación de disponibilidad.
  • Generar un certificado de disponibilidad.
  • Ver y gestionar las notificaciones relacionadas con las tentativas de recuperación efectuadas por las Oficinas con derecho de acceso.

Antes de utilizar el portal del solicitante:

  • El solicitante debe haber creado una cuenta de usuario en la OMPI y conectarse al sistema.
  • Los documentos de prioridad deben estar cargados o registrados en el sistema DAS, y el solicitante debe contar con el código de acceso de cada documento que desee gestionar.


Funciones del portal del solicitante

Vincular documentos a una cuenta de usuario de la OMPI

  1. El solicitante debe introducir el código de la Oficina de prioridad, el tipo de P.I., el número de solicitud de prioridad, la fecha de presentación de la solicitud de prioridad, y el código de acceso al DAS. Todos los campos son obligatorios.
  2. El sistema valida la información proporcionada y verifica si los datos introducidos corresponden a un documento de prioridad disponible.
  3. En caso de error, el sistema ofrece al solicitante la oportunidad de corregir los datos.
  4. Si los datos corresponden a un documento de prioridad registrado, el sistema vincula tal documento a la cuenta de usuario. Existe la posibilidad de vincular un documento a varias cuentas de usuario con el fin de contemplar los casos en que varios solicitantes deseen vincular una misma solicitud.

Desvincular documentos de una cuenta de usuario de la OMPI

Esta función es necesaria para gestionar las autorizaciones de acceso de modo que el titular de la cuenta pueda suprimir el documento de prioridad de su cuenta.

  1. El solicitante selecciona un documento de prioridad y la opción de desvincular el documento.
  2. El sistema visualiza un mensaje pidiendo confirmación al solicitante.
  3. El solicitante confirma la desvinculación y el documento queda eliminado de su cuenta.

En caso de autorización de acceso, el código de acceso puede ser comunicado por el solicitante actual al nuevo solicitante, quien a su vez podrá vincular el documento a su propia cuenta.

Visualizar el historial de acceso al documento y su situación de disponibilidad

  1. El solicitante selecciona un documento de prioridad y selecciona la opción de visualización del historial de acceso al documento y su situación de disponibilidad.
  2. El sistema visualiza los datos del documento (número de solicitud, fecha, etc.), la fecha de disponibilidad en la que el documento fue puesto a disposición por conducto del TDA, o si el documento se cargó en el sistema mediante el PCT-EDI o el portal de la Oficina, el historial de acceso incluidas las Oficinas que han tenido acceso al documento y la fecha de acceso, o las Oficinas que han intentado acceder al documento y la razón por la que no tuvieron acceso (por ejemplo, la discrepancia entre el número de solicitud y la fecha de presentación). Cabe mencionar la importancia de que el contenido del documento no sea visible.

Crear y/o cambiar las listas de control de acceso (durante el período de transición)

  1. El solicitante selecciona un documento de prioridad y la opción de editar la lista de control de acceso.
  2. El sistema visualiza la lista de control de acceso y permite al solicitante añadir o eliminar Oficinas (OSP) de la lista. Sólo se visualizan las Oficinas participantes pero no se podrá efectuar ningún cambio respecto de las Oficinas que ya hayan migrado a la nueva vía (en tal caso, las casillas de verificación aparecerán sombreadas en gris).
  3. El solicitante también puede eliminar la lista de control de acceso de un documento.

Generar un certificado de disponibilidad

  1. El solicitante selecciona esta opción para generar un certificado de disponibilidad
  2. El sistema generará el certificado, en formato PDF, con la siguiente información: tipo de P.I., código de la Oficina de prioridad, número de solicitud de prioridad, fecha de presentación de la solicitud de prioridad, fecha de disponibilidad y código de acceso.
  3. El sistema ofrece al solicitante la posibilidad de descargar o imprimir el certificado.

Nota:

  • Los documentos de marcas no tienen código de acceso.
  • La “fecha de disponibilidad” es la fecha en la que se registró el documento por conducto del TDA, o se cargó por medio del PCT-EDI o del portal de la Oficina.
  • Las “fechas de publicación” existentes establecidas por la OPP no aparecerán, puesto que no tendrán ninguna utilidad.
  • Durante el período de transición, el portal del solicitante se puede utilizar para las solicitudes que se realizan en virtud de las vías nuevas y antiguas.

Gestionar y ver las notificaciones

El solicitante puede que desee recibir notificaciones del sistema respecto a ciertas tentativas de recuperación efectuadas por las Oficinas con derecho de acceso.

El solicitante seleccionará las opciones respectivas para recibir una de las siguientes notificaciones:

  1. Recibir notificaciones cuando uno de sus documentos es vinculado a la cuenta de otro usuario
  2. Recibir notificaciones cuando uno de sus documentos es recuperado por primera vez por una Oficina con derecho de acceso
  3. Recibir notificaciones cuando uno de sus documentos no logre ser recuperado por una Oficina con derecho de acceso
  4. Recibir una copia de las notificaciones seleccionadas en la dirección de correo electrónico de su cuenta de usuario

El solicitante puede seleccionar ya sea ver las notificaciones recibidas, o eliminar las notificaciones que ya ha leído.