Orientaciones del PCT para los usuarios afectados por el apagón informático del 19 de julio de 2024
19 de julio de 2024
1) La Oficina Internacional de la OMPI considera que el Reglamento del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) prevé, en la Regla 82quater.1, medidas aplicables al contexto actual del apagón informático mundial que comenzó el 19 de julio de 2024. Los solicitantes del PCT que no hayan podido cumplir un plazo del PCT debido al apagón pueden pedir la excusa del retraso en virtud de dicha Regla. La Oficina Internacional de la OMPI insta a todas las Oficinas y Administraciones del PCT a adoptar la misma interpretación.
2) La Regla 82quater.1 prevé la excusa de los retrasos en el cumplimiento de los plazos del PCT (que pueden estar relacionados con la presentación de documentos o el pago de tasas) por causas de fuerza mayor, entre ellas una “indisponibilidad generalizada de los servicios de comunicación electrónica u otros motivos semejantes…”.
3) La Oficina Internacional de la OMPI, también en su calidad de Oficina receptora, tratará favorablemente toda petición presentada conforme a la Regla 82quater.1 en la que se alegue el apagón que comenzó el 19 de julio de 2024 y, de conformidad con la Regla 82quater.1.d), suprimirá la necesidad de presentar pruebas. La Oficina Internacional de la OMPI insta a las Oficinas y Administraciones del PCT a actuar de igual modo.
4) Los solicitantes del PCT que no puedan presentar sus solicitudes PCT dentro del período de prioridad debido al apagón informático mundial y sus repercusiones, pero que puedan hacerlo dentro de los dos meses siguientes al vencimiento del plazo de 12 meses, podrán solicitar la restauración del derecho de prioridad en virtud de la Regla 26bis.3 del PCT ante las Oficinas receptoras que se acojan a esta disposición, teniendo en cuenta en particular que la Oficina Internacional en calidad de Oficina receptora aplica esa Regla y todos los criterios previstos en ella.