8.1 Contenido y forma del resumen
a) El resumen deberá contener:
i) una síntesis de la divulgación contenida en la descripción, las reivindicaciones y cualquier dibujo; la síntesis indicará el sector técnico al que pertenece la invención y deberá redactarse en tal forma que permita una clara comprensión del problema técnico, de la esencia de la solución de ese problema mediante la invención y del uso o usos principales de la invención;
ii) cuando sea aplicable, la fórmula química que, entre todas las fórmulas que figuren en la solicitud internacional, caracterice mejor la invención.
b) El resumen será tan conciso como la divulgación lo permita (preferentemente de 50 a 150 palabras cuando esté redactado en inglés o traducido al inglés).
c) El resumen no contendrá declaraciones sobre los presuntos méritos o el valor de la invención reivindicada, ni sobre su aplicación supuesta.
d) Cada característica técnica principal mencionada en el resumen e ilustrada mediante un dibujo en la solicitud internacional, deberá ir acompañada de un signo de referencia entre paréntesis.
a) Si el solicitante omitiera la indicación mencionada en la Regla 3.3.a)iii), o si la Administración encargada de la búsqueda internacional considerase que una o varias figuras distintas de las que han sido propuestas por el solicitante podrían caracterizar mejor la invención entre todas las figuras de todos los dibujos, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo b), la Administración indicará la figura o figuras que deberán acompañar al resumen cuando este sea publicado por la Oficina Internacional. En este caso, el resumen irá acompañado de la figura o figuras así indicadas por la Administración encargada de la búsqueda internacional. En caso contrario, sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo b), el resumen irá acompañado de la figura o figuras propuestas por el solicitante.
b) Si la Administración encargada de la búsqueda internacional considerase que ninguna figura de los dibujos es útil para la comprensión del resumen, notificará este hecho a la Oficina Internacional. En este caso, cuando sea publicado por la Oficina Internacional, el resumen no irá acompañado de ninguna figura de los dibujos, incluso cuando el solicitante haya hecho una propuesta conforme a la Regla 3.3.a)iii).
El resumen deberá redactarse de tal manera que pueda servir de instrumento eficaz de consulta a los fines de búsqueda en la técnica concreta, especialmente ayudando al científico, al ingeniero o al examinador a formular una opinión sobre la necesidad de consultar la solicitud internacional propiamente dicha.