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Decreto Nº 1115/2001 de 31 de agosto de 2001 que designa Presidente y Vicepresidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) y que modifica el artículo 91 de la Ley Nº 24.481 sobre Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, Argentina

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Detalles Detalles Año de versión 2001 Fechas Entrada en vigor: 12 de septiembre de 2001 Publicación: 31 de agosto de 2001 Tipo de texto Normas/Reglamentos Materia Organismo regulador de PI Notas Este Decreto fue emitido a fin de modificar por completo el artículo 91 de la Ley Nº 24.481 de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, que se refiere a la estructura organizativa del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI).

El artículo 2 del Código Civil establece que “las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial.”
Este Decreto fue publicado en el Boletín Oficial el 4 de septiembre de 2001 (B.O. 04/09/01) sin indicar la fecha concreta de entrada en vigor; en virtud del artículo 2 del Código Civil entró en vigencia ocho días después de su publicación.

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 Decreto Nº 1115/2001 del 31 de agosto de 2001 que designa Presidente y Vicepresidente del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) y que modifica el artículo 91 de la Ley Nº 24.481

INSTITUTO NACIONAL

DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Decreto 1115/2001

Desígnanse Presidente y Vicepresidente. Modificación del artículo 91 de la Ley Nº 24.481 (t.o. por Decreto Nº 260/96).

Bs. As., 31/8/2001

VISTO la Ley Nº 24.481, texto ordenado por el Decreto Nº 260 de fecha 20 de marzo de 1996 y los Decretos Nros. 259/00 y 1049/01, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 1049/01 se redujo el número de integrantes del Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, estableciéndose que el mismo será conducido y administrado por UN (1) Presidente y UN (1) Vicepresidente, los cuales serán designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en consecuencia, corresponde establecer las funciones que las nuevas autoridades tendrán en la conducción del organismo.

Que, en este sentido, se estima conveniente que el Instituto sea conducido en forma unipersonal por su Presidente, de manera similar a lo que acontece en la gran mayoría de los organismos rectores de la propiedad intelectual a nivel mundial, lo que redunda en una mayor eficiencia y velocidad en la toma de decisiones.

Que, asimismo, se considera necesario que en caso de ausencia o imposibilidad temporaria o permanente del Presidente, sus funciones sean desempeñadas por el Vicepresidente del organismo, quien también ejercerá las atribuciones que le delegue el Presidente.

Que resulta necesario designar a las nuevas autoridades del Instituto, revistiendo los Doctores D. Germán Alberto VOSS y D. Mario Norberto TRINCHERI antecedentes y capacidades suficientes para el desempeño de los respectivos cargos.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99 incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional y el artículo 1º, punto I, inciso f) de la Ley Nº 25.414.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Sustitúyese el artículo 91 de la Ley Nº 24.481 (t.o. por Decreto Nº 260/96), el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"El INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL será conducido y administrado por un Presidente designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL quien, en caso de ausencia o imposibilidad temporaria o permanente, será reemplazado en sus funciones por un Vicepresidente también designado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL. Asimismo, el Vicepresidente ejercerá las atribuciones que le delegue el Presidente.

El Presidente y el Vicepresidente tendrán dedicación exclusiva en sus funciones comprendiéndoles las incompatibilidades fijadas por la ley para los funcionarios públicos y sólo serán removidos de sus cargos por acto fundado del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

El Presidente y el Vicepresidente durarán CUATRO (4) años en sus cargos pudiendo ser reelegidos indefinidamente.

En el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL funcionará una Sindicatura que tendrá como cometido la fiscalización y control de los actos de los órganos que componen el Instituto.

La Sindicatura será ejercida por un síndico titular y un suplente designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la AUDITORIA GENERAL DE LA NACION."

Art. 2º — Todas aquellas disposiciones legales o reglamentarias que hagan referencia al Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL se entenderán como referidas al Presidente del mismo.

Art. 3º — Desígnase Presidente y Vicepresidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, a los Doctores D. Germán Alberto VOSS (M.l. Nº 7.715.173) y D. Mario Norberto TRINCHERI (L.E. Nº 4.703.862), respectivamente, cesando en sus cargos las actuales autoridades del Instituto.

Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Chrystian G. Colombo. — Domingo F. Cavallo.


Legislación Enmienda (1 texto(s)) Enmienda (1 texto(s)) Implementa (1 texto(s)) Implementa (1 texto(s))
Datos no disponibles.

N° WIPO Lex AR125