El Secretario General de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) presenta sus atentos saludos y tiene el honor de notificar el depósito por el Gobierno de la República de Costa Rica, el 12 de diciembre de 2008, de su instrumento de adhesión al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978 y el 19 de marzo de 1991.
Dicho Convenio internacional entrará en vigor, respecto de la República de Costa Rica, el 12 de enero de 2009. En esa fecha, la República de Costa Rica pasará a ser miembro de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, establecida por dicho Convenio Internacional.
A los fines de determinar su parte contributiva en el importe total de las contribuciones anuales al presupuesto de la UPOV, a la República de Costa Rica le es aplicable un quinto de unidad de contribución (0,2).
12 de diciembre de 2008