El Secretario General de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV) presenta sus atentos saludos al Señor Ministro de Relaciones Exteriores y tiene el honor de informarle del depósito por el Gobierno de la República de Estonia, el 24 de agosto de 2000, de su instrumento de adhesión al Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales de 2 de diciembre de 1961, revisado en Ginebra el 10 de noviembre de 1972, el 23 de octubre de 1978, y el 19 de marzo de 1991.
Dicho Convenio internacional entrará en vigor, respecto de la República de Estonia, el 24 de septiembre de 2000. En esa fecha, la República de Estonia se convertirá miembro de la Unión Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, establecida por dicho Convenio Internacional.
A los fines de determinar su parte contributiva en el importe total de las contribuciones anuales al presupuesto de la UPOV, a la República de Estonia le es aplicable un quinto de unidad de contribución (0,2).
24 de agosto de 2000