Declaraciónes formuladas en el momento de la adhesión:
"La República de Azerbaiyán declara que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo 25 de la Convención, no reconoce el procedimiento de conciliación previsto en el párrafo 3 del artículo 25 de la Convención."
"La República de Azerbaiyán declara que no está en condiciones de garantizar la aplicación de las disposiciones de la Convención en sus territorios ocupados por la República de Armenia (la región de Nagorno Karabaj de la República de Azerbaiyán y los siete distritos aledaños) hasta la liberación de esos territorios ocupados y la total eliminación de las consecuencias de esa ocupación (se adjunta un mapa esquemático de los territorios de la República de Azerbaiyán ocupados).
La potencia ocupante, la República de Armenia, deberá asumir toda la responsabilidad por la destrucción de las expresiones culturales en los territorios ocupados de la República de Azerbaiyán desde la fecha de la ocupación hasta la liberación de dichos territorios ocupados y la total eliminación de las consecuencias de esa ocupación."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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