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Orden del Ministro de Hacienda, del 3 de diciembre de 2001, por la que se fijan la forma de la solicitud escrita de suspensión del despacho aduanero de importación de productos que contengan una marca de fábrica, de comercio o de servicio en infracción, y el procedimiento de presentación ante el servicio aduanero

 Resolución del Ministro de Hacienda, del 3 de diciembre de 2001, por la que se fijan la forma de la solicitud escrita de suspensión del despacho aduanero de importación de productos que contengan una marca de fábrica, de comercio o de servicio en infracción, y el procedimiento de presentación ante el servicio aduanero

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Resolución del Ministro de Hacienda, del 3 de diciembre de 2001, por la que se fijan la forma de la solicitud escrita de suspensión

del despacho aduanero de importación de productos que contengan una marca de fábrica, de comercio o de servicio en infracción, y el procedimiento de presentación ante el servicio aduanero

Vista la Ley N° 2001—36 del 17 de abril de 2001 de protección de las marcas de fábrica, de comercio y de servicio, y en particular su artículo 65.

El Ministro de Hacienda resuelve:

1. La solicitud escrita de suspensión del despacho aduanero de importación de productos que supuestamente contienen una marca de fábrica, de comercio o de servicio en infracción, prevista en el Artículo 56 de la citada Ley N° 2001—36 del 17 de abril de 2001, debe presentarse en la sede de la Dirección General de Aduanas con anterioridad a la llegada de los productos a una administración de aduanas.

Sin embargo, el servicio aduanero puede aceptar que se presente la solicitud después de la llegada de los productos a la administración de aduanas si el solicitante justifica que los productos aún se encuentran en dicha administración de aduanas.

Para el caso previsto en el artículo 62 de la citada Ley N° 2001—36 del 17 de abril de 2001, la presentación de la solicitud debe efectuarse en un plazo de tres (3) días contados a partir de la fecha de la notificación de suspensión del despacho aduanero cursada al solicitante por el servicio aduanero.

2. Incumbirá al titular de la marca de fábrica, de comercio o de servicio protegida o a sus causahabientes la presentación de la solicitud mencionada en el artículo primero de la presente Resolución.

3. La solicitud prevista en el artículo primero de la presente Resolución se hará en un formulario especial según el modelo adjunto, que puede obtenerse en la sede de la Dirección General de Aduanas. En dicha solicitud se inscribirán todas las informaciones y todos los datos previstos en el artículo 6 de la presente Resolución.

4. El servicio aduanero examinará la solicitud redactada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 de la citada Ley N° 2001—36 del 17 de abril de 2001 y comunicará inmediatamente al solicitante, por escrito, la decisión tomada respecto de su solicitud. La decisión debe estar debidamente motivada.

5. La solicitud tendrá una vigencia de un año contado a partir de la fecha de la notificación de admisión cursada por el servicio aduanero al solicitante.

El solicitante pedirá la renovación de la solicitud dirigiendo una carta por correo recomendado a tal efecto.

6. La solicitud que presente el titular de la marca protegida debe contener todos los datos previstos en el artículo 57 de la citada Ley N° 2001—36 del 17 de abril de 2001, y en particular los siguientes:

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– la identidad de las personas con las que se deba establecer contacto cuando se confisquen productos que supuestamente infrinjan una marca de fábrica, de comercio o de servicio protegida, sus direcciones, números de teléfono y de fax.

– la descripción detallada de los productos auténticos acompañada de los siguientes elementos:

* fotografías de los productos y/u otra reproducción gráfica de la marca protegida,

* una muestra de los productos, en la medida de lo posible,

* la indicación del lugar o lugares de fabricación de esos productos,

* el nombre de las sociedades importadoras de esos productos;

– la descripción detallada de los productos en infracción acompañada, en la medida de lo posible, de los siguientes elementos:

* fotografías de esos productos y/u otra reproducción gráfica,

* una muestra de esos productos,

* el país de origen y/o de procedencia,

* los nombres y apellidos y las direcciones de los fabricantes, distribuidores y/o importadores, y sus números de identificación aduanera,

* los medios de transporte utilizados,

* de haberlas, copia de las decisiones judiciales pronunciadas en casos de infracción de la marca de fábrica, de comercio o de servicio.

7. Debe adjuntarse a la solicitud:

– todo documento que demuestre que se ha cedido al solicitante el derecho invocado,

– de haberlo, copia del contrato por el que se concede al solicitante el derecho a explotar la marca de fábrica, de comercio o de servicio protegida.

8. Cuando se admita la solicitud, deberán comunicarse al servicio aduanero todas las modificaciones e informaciones nuevas relacionadas con el derecho del solicitante y con los elementos que hayan motivado la solicitud.

9. Si se confiscan los productos mencionados en la solicitud, el servicio aduanero notificará el hecho al solicitante por correo, por fax o por cualquier otro medio de telecomunicación.

10. El Director General de Aduanas velará por la ejecución de la presente Resolución.

Túnez, 3 de diciembre de 2001. Taoufik Baccar Ministro de Hacienda

Visto: Mohamed Ghanuchi Primer Ministro

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REPÚBLICA DE TÚNEZ MINISTERIO DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DEL DESPACHO ADUANERO DE IMPORTACIÓN DE PRODUCTOS QUE INFRINJAN UNA MARCA DE FÁBRICA,

DE COMERCIO O DE SERVICIO PROTEGIDA

Datos relativos al solicitante:

El infrascrito1 ......................................................................................................................... .................................................................................................................................................. ..................................................................................................................................................

Número de identificación aduanera: ........................................................................................

en calidad de2: – titular de la marca de fábrica, de comercio o de servicio protegida. – persona con derecho a explotar la marca de fábrica, de comercio o de

servicio protegida. – Mandatario3 ...........................................................................................

con domicilio en: ....................................................................................................................

N° de teléfono: ...................................... N° de teléfono celular: .......................................

N° de fax: ...............................................................................................................................

N° y fecha de inscripción en el Registro Nacional de Marcas: ..............................................

Organismo en el que se presentó la solicitud de registro: ......................................................

Vigencia de la protección de la marca: ..................................................................................

Solicita a la Administración de aduanas que se apliquen las disposiciones del artículo 56 de la Ley N° 2001—36 del 17 de abril de 2001, de protección de las marcas de fábrica, de comercio o de servicio, a los productos que supuestamente infringen la marca inscrita en el Registro Nacional de Marcas indicado anteriormente.

Hecha en Túnez, el

Firma

Descripción de los productos auténticos:

Descripción de los productos supuestamente en infracción4:

Datos relativos al envío objeto de la solicitud5:

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País de origen: ....................................... País de procedencia: ..........................................

Importador y/o distribuidor y/o fabricante (nombre y apellido o nombre de la sociedad, y nombre y apellido y dirección del representante): ................................................................. ..................................................................................................................................................

Número de identificación aduanera del importador: ..............................................................

Medios de transporte utilizados: ............................................................................................

Administración de aduanas en la que se tramita la importación: ........................................... ..................................................................................................................................................

Otros datos: ............................................................................................................................

Datos relativos a las personas con las que se debe establecer contacto en caso de confiscación de los productos mencionados en la solicitud:

Nombre y apellido o nombre de la sociedad, y nombre y apellido de su representante legal: .......................................................................................................................................

Dirección6: .............................................................................................................................

N° de teléfono: ...................................... N° de teléfono celular: ........................................

N° de fax: ...............................................................................................................................

ANEXOS7

– Copia de la inscripción de las marcas en cuestión ante el Registro Nacional de Marcas.

– Copia conforme del contrato de explotación7.

– Certificado de registro de la marca.

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– Copia del mandato si se trata de mandatario.

– Fotografías y reproducciones gráficas de los productos supuestamente en infracción.

– Fotografías y reproducciones gráficas de los productos auténticos.

– Copia de las decisiones judiciales que hayan sido pronunciadas7.

– Otros documentos8.

COMPROMISO

El infrascrito, .................................................................................................................

Solicita por la presente la suspensión del despacho aduanero de importación de los productos ..................................................................................................................................

– Se compromete a comunicar a la Dirección General de Aduanas todo cambio que intervenga en los elementos que hayan motivado esta solicitud y, en particular, la pérdida de su derecho.

– Se compromete a comunicar al servicio aduanero, en un plazo de diez (10) días* contados desde la fecha de notificación de la confiscación de los productos, la prueba del recurso civil o penal que haya interpuesto ante el tribunal competente.

– Se compromete a comunicar al servicio aduanero el justificativo del depósito de la fianza correspondiente a la responsabilidad que asumirá respecto del importador si se demuestra fehacientemente que los productos confiscados no violan el derecho protegido, en cuyo caso quedarán automáticamente liberados.

– Se compromete a depositar una garantía en poder del recaudador de aduanas por la que se obliga a pagar los gastos en que se incurriese por el mantenimiento de los productos bajo control aduanero9.

– Se compromete a comunicar lo antes posible al servicio aduanero las decisiones judiciales que se hayan pronunciado en lo que respecta a la falsificación e imitación fraudulenta de productos y que guarden relación con el asunto en cuestión.

Hecho en Túnez, el Firma legalizada

Nota: Traducción de la Oficina internacional de la OMPI.

1 Mencionar el nombre y apellido cuando se trate de personas físicas, y el nombre de la sociedad, el nombre y apellido del representante legal y el domicilio social, cuando se trate de personas jurídicas.

2 Tachar lo que no proceda. 3 Nombre y apellido del mandatario o razón social, y nombre y apellido del representante legal y naturaleza del

mandante. 4 Comparándolos con los productos auténticos, mencionar los elementos que sean específicos a los productos en

infracción. 5 Proporciónense estos datos en la medida de lo posible.

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6 Debe estar domiciliado obligatoriamente en Túnez. 7 Cuando proceda. 8 Mencionar con precisión.

* Para el caso previsto en el artículo 62 de la Ley 2001—36, queda fijado ese plazo en tres días contados desde la fecha de la notificación.

9 El servicio aduanero fijará el importe de la garantía.