Declaraciones formuladas en el momento de la adhesión:
"1. En su calidad de miembro de la Comunidad Europea, la República de Estonia ha transferido competencias a la Comunidad respecto de algunas materias regidas por la Convención, según consta en la declaración formulada por la Comunidad Europea en el momento de la confirmación formal, el 1 de abril de 1998.
2. De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 1 del artículo 287, la República de Estonia declara que elige el Tribunal Internacional del Derecho del Mar y la Corte Internacional de Justicia como medios para la solución de controversias respecto de la interpretación o aplicación de la Convención."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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