Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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Acta de Estocolmo (1967) | 14 de julio de 1967 | Ratificación : 6 de marzo de 1979 | 8 de junio de 1979 | |
Acta de Niza (1957) | 15 de junio de 1957 | Ratificación : 13 de noviembre de 1958 | 15 de diciembre de 1966 | |
Acta de Londres (1934) | 2 de junio de 1934 | Adhesión : 20 de diciembre de 1955 | 2 de marzo de 1956 | |
Acta de La Haya (1925) | 6 de noviembre de 1925 | Ratificación : 1 de mayo de 1928 | 1 de junio de 1928 | |
Acta de Washington (1911) | 2 de junio de 1911 | Ratificación : 1 de abril de 1913 | 1 de mayo de 1913 | |
Acta de Bruselas (1900) | 14 de diciembre de 1900 | Ratificación : 14 de junio de 1902 | 14 de septiembre de 1902 |
Acta de Estocolmo (1967): El Gobierno del Estado Español depositó una notificación en la que indicaba su voluntad de invocar las disposiciones del artículo 18.2) del Arreglo de Madrid (marcas). Esta notificación entró en vigor en la fecha de su recepción, es decir, el 17 de agosto de 1970. De conformidad con el mencionado artículo, el Estado Español, miembro de la Unión particular de Madrid, podía ejercer durante cinco años, a partir del 26 de abril de 1970, fecha de entrada en vigor del Convenio que establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), los derechos consagrados en los artículos 10 a 13 del Acta de Estocolmo del Arreglo de Madrid (marcas), como si estuviese obligado por esos artículos. (véase Madrid (Marks) Notification No. 11)
Acta de Niza (1957): De conformidad con el artículo 3bis de la mencionada Acta, el Gobierno de España declaró que la protección resultante del registro internacional sólo se extenderá a España cuando el titular de la marca lo solicite expresamente. Fecha en que surte efecto: 15 de diciembre de 1966. (véase La Propriété Industrielle 1959, No.6, p.107 y Industrial Property 1966, No.12, p.271)
La ratificación del Acta de Londres (1934) incluía el protectorado español sobre Marruecos y las colonias. (véase La Propriété Industrielle 1956, No.1, p.2)
Adhesión al Acta de La Haya (1925) para la zona española de Marruecos: 15 de septiembre de 1928; Entrada en vigor: 5 de noviembre de 1928. (véase La Propriété Industrielle 1928, No.10, p.214)
España no está obligada por el Acta de Londres (1934) a partir del 15 de diciembre de 1966 (fecha de entrada en vigor del Acta de Niza (1957)). (véase La Propriété Industrielle 1959, No.6, p.107)
España no está obligada por el Acta de La Haya (1925) a partir del 15 de diciembre de 1966 (fecha de entrada en vigor del Acta de Niza (1957)). (véase La Propriété Industrielle 1959, No.6, p.107)