Objeción a las reservas formuladas por el Gobierno Revolucionario Provisional de la República de Viet Nam del Sur y la República de Guinea-Bissau:
"En lo relativo a las reservas formuladas por el Gobierno Revolucionario Provisional de la República de Viet Nam del Sur con respecto a los Artículos 12 y 85 del Convenio de Ginebra relativo al trato debido a los prisioneros de guerra y al Artículo 45 del Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, así como en lo relativo a las reservas formuladas por la República de Guinea-Bissau con respecto al Artículo 45 del Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, recordando la declaración formulada en el momento de la ratificación respecto de las reservas similares formuladas por otros Estados, declara que, aunque no se opone a la entrada en vigor de los dos Convenios en cuestión entre el Reino Unido y la República de Viet Nam del Sur y la República de Guinea-Bissau, no acepta las reservas formuladas por dichos Estados en relación con los Convenios antes mencionados, porque el Gobierno del Reino Unido entiende que las Partes interesadas en adherirse al Convenio no tienen derecho a formular este tipo de reservas.
El Gobierno del Reino Unido desea consignar en actas que adopta la misma postura respecto de las reservas similares formuladas por el Ministro Suizo en Londres el 8 de enero de 1957 y por la República Democrática de Viet Nam, según le notificara el Embajador de Suiza en Londres el 24 de agosto de 1957..."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Declaration made upon ratification:
"I am further instructed by Her Majesty's Government in the United Kingdom to refer to the reservations made (...) by the following States:
The People's Republic of Albania, the Byelorussian Soviet Socialist Republic, the Bulgarian People's
Republic, the People's Republic of China, the Czechoslovak Republic, the Polish Republic, the
Rumanian People's Republic, the Ukrainian Soviet Socialist Republic, the Union of Soviet Socialist
Republics (...)
and to Article 45 of the Convention relative to the Treatment of Civilian Persons in Time of War made by all the above-mentioned States and by the Federal People's Republic of Yugoslavia.
"I am instructed by Her Majesty's Government to state that whilst they regard all the above-mentioned States as being parties to the above-mentioned Conventions, they do not regard the above-mentioned reservations thereto made by those States as valid, and will therefore regard any application of any of those reservations as constituting a breach of the Convention to which the reservation relates."
Con cartas de fecha 13 de junio de 1997, el Embajador británico en Suiza depositó la siguiente declaración:
"Por orden de la Secretaría Principal de Estado para Relaciones Exteriores y Asuntos del Commonwealth de Su Majestad, hago referencia a los [cuatro Convenios de Ginebra] (en adelante denominados el 'Convenio') que se aplican actualmente a Hong Kong. Asimismo declaro que, de conformidad con la declaración conjunta del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el Gobierno de la República Popular China sobre la cuestión de Hong Kong firmada el 19 de diciembre de 1984, el Gobierno del Reino Unido restituirá Hong Kong a la República Popular China a partir del 1 de julio de 1997. El Gobierno del Reino Unido continuará asumiendo la responsabilidad internacional de Hong Kong hasta esa fecha. Por consiguiente, a partir de esa fecha, el Gobierno del Reino Unido cesará de asumir la responsabilidad internacional relativa a los derechos y obligaciones derivados de la aplicación del Convenio a Hong Kong."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte aplicarán cada uno de los Convenios antes mencionados en los Protectorados Británicos de Bahrein, Kuwait, Qatar y en los Estados bajo régimen de tregua dentro del alcance de los poderes del Gobierno de Su Majestad en esos territorios."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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