Declaration provided for under Article 90 of 1977 Additional Protocol I (prior acceptance of the competence of the International Fact-Finding Commission). (July 1, 1994)
Declaración hecha en el momento de la firma:
"El Gobierno Portugués aplaza hasta el momento de la respectiva ratificación la formulación de las reservas que pueda considerar apropiadas."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013
El 22 de noviembre de 1999, la República Portuguesa presentó ante el Consejo Federal Suizo una declaración sobre la aplicación en Macao de los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 y de los Protocolos adicionales I y II. Conforme a esa declaración, la República portuguesa ha dejado de asumir los derechos y obligaciones derivados de los convenios y Protocolos respecto de Macao con efecto a partir del 20 de diciembre de 1999.
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013