En aplicación del artículo Vbis 1) de la Convención, notificamos que Túnez se vale de todas las excepciones estipuladas en sus artículos Vter y Vquater.
El 18 de enero de 1984, el Gobierno de Túnez depositó en poder del Director General de la UNESCO una nueva notificación, de conformidad con el artículo Vbis de dicha Convención, por la cual "invoca, por un segundo periodo de diez años, todas las excepciones previstas en los artículos Vter y Vquater de esta Convención, promulgadas en favor de los países en desarrollo".
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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