Objeción a las reservas formuladas en el momento de la adhesión por Guinea-Bissau:
"El Departamento de Estado se refiere a la nota del 5 de marzo de 1974 de la Embajada de Suiza por la cual dicha Embajada le transmite la notificación del Departamento de Política Federal Suizo respecto de la adhesión de la República de Guinea-Bissau a los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 para la protección de las víctimas de la guerra, con ciertas reservas. Las reservas son análogas a las reservas anteriormente formuladas por otros respecto de los mismos o de otros convenios, y con respecto a las cuales el Gobierno de los Estados Unidos de América ha manifestado anteriormente su opinión. La actitud del Gobierno de los Estados Unidos de América respecto de todas las reservas formuladas por la República de Guinea-Bissau es semejante a la que ha adoptado respecto de estas otras reservas. El Gobierno de los Estados Unidos de América, si bien rechaza las reservas, acepta las relaciones resultantes de un tratado con la República de Guinea-Bissau."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013
Declaración relativa a la adhesión del Gobierno Revolucionario Provisional de la República de Viet Nam del Sur:
"(...) El Gobierno de los Estados Unidos de América reconoce al Gobierno de la República de Viet Nam y no reconoce como Gobierno al "Gobierno Revolucionario Provisional de la República de Viet Nam del Sur". El Gobierno de los Estados Unidos, por consiguiente, no reconoce que el "Gobierno Revolucionario Provisional de la República de Viet Nam del Sur" esté habilitado a los fines de la adhesión a los Convenios de Ginebra. Sin embargo, habida cuenta de que el propósito de los Convenios de Ginebra consiste en que las disposiciones previstas en ellos protejan a las víctimas de guerra en conflictos armados, el Gobierno de los Estados Unidos de América toma nota de que "el Gobierno Revolucionario Provisional de la República de Viet Nam del Sur" ha manifestado su intención de aplicar dichas disposiciones con ciertas reservas (...) Las demás reservas son similares a las que ya han sido expresadas por otros y respecto de las cuales el Gobierno de los Estados Unidos de América ya ha manifestado su opinión. El Gobierno de los Estados Unidos de América rechaza todas las reservas formuladas. "El Gobierno de los Estados Unidos de América señala que las opiniones expresadas en la presente nota no deben en ningún caso ser interpretadas en el sentido de un abandono de los principios observados hasta el presente por sus fuerzas armadas respecto a la aplicación del tratamiento previsto en los convenios a las fuerzas armadas hostiles."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013
Declaración hecha en el momento de la ratificación:
"Si bien rechaza las reservas formuladas por los Estados con respeto al Convenio de Ginebra para aliviar la suerte que corren los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar, el Gobierno de los Estados Unidos de América acepta las relaciones resultantes de un tratado con todas las partes en ese convenio, excepto las modificaciones propuestas por tales reservas."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013
Acto(s) | Artículo(s) | Firma | Instrumento | Entrada en Vigor |
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