关于知识产权 知识产权培训 树立尊重知识产权的风尚 知识产权外联 部门知识产权 知识产权和热点议题 特定领域知识产权 专利和技术信息 商标信息 工业品外观设计信息 地理标志信息 植物品种信息(UPOV) 知识产权法律、条约和判决 知识产权资源 知识产权报告 专利保护 商标保护 工业品外观设计保护 地理标志保护 植物品种保护(UPOV) 知识产权争议解决 知识产权局业务解决方案 知识产权服务缴费 谈判与决策 发展合作 创新支持 公私伙伴关系 人工智能工具和服务 组织简介 与产权组织合作 问责制 专利 商标 工业品外观设计 地理标志 版权 商业秘密 WIPO学院 讲习班和研讨会 知识产权执法 WIPO ALERT 宣传 世界知识产权日 WIPO杂志 案例研究和成功故事 知识产权新闻 产权组织奖 企业 高校 土著人民 司法机构 遗传资源、传统知识和传统文化表现形式 经济学 金融 无形资产 性别平等 全球卫生 气候变化 竞争政策 可持续发展目标 前沿技术 移动应用 体育 旅游 PATENTSCOPE 专利分析 国际专利分类 ARDI - 研究促进创新 ASPI - 专业化专利信息 全球品牌数据库 马德里监视器 Article 6ter Express数据库 尼斯分类 维也纳分类 全球外观设计数据库 国际外观设计公报 Hague Express数据库 洛迦诺分类 Lisbon Express数据库 全球品牌数据库地理标志信息 PLUTO植物品种数据库 GENIE数据库 产权组织管理的条约 WIPO Lex - 知识产权法律、条约和判决 产权组织标准 知识产权统计 WIPO Pearl(术语) 产权组织出版物 国家知识产权概况 产权组织知识中心 产权组织技术趋势 全球创新指数 世界知识产权报告 PCT - 国际专利体系 ePCT 布达佩斯 - 国际微生物保藏体系 马德里 - 国际商标体系 eMadrid 第六条之三(徽章、旗帜、国徽) 海牙 - 国际外观设计体系 eHague 里斯本 - 国际地理标志体系 eLisbon UPOV PRISMA UPOV e-PVP Administration UPOV e-PVP DUS Exchange 调解 仲裁 专家裁决 域名争议 检索和审查集中式接入(CASE) 数字查询服务(DAS) WIPO Pay 产权组织往来账户 产权组织各大会 常设委员会 会议日历 WIPO Webcast 产权组织正式文件 发展议程 技术援助 知识产权培训机构 COVID-19支持 国家知识产权战略 政策和立法咨询 合作枢纽 技术与创新支持中心(TISC) 技术转移 发明人援助计划(IAP) WIPO GREEN 产权组织的PAT-INFORMED 无障碍图书联合会 产权组织服务创作者 WIPO Translate 语音转文字 分类助手 成员国 观察员 总干事 部门活动 驻外办事处 职位空缺 采购 成果和预算 财务报告 监督
Arabic English Spanish French Russian Chinese
法律 条约 判决 按管辖区浏览

Exemption Decree No. 50 on Amendments to Exemption Decree No. 945/2014 of the Ministry of Health Approving Technical Standard No. 170 on Registration of Biotechnology Products derived from Recombinant DNA Techniques, 智利

返回
WIPO Lex中的最新版本
详情 详情 版本年份 2018 日期 生效: 2018年4月4日 颁布: 2018年3月26日 文本类型 其他文本 主题 其他

可用资料

主要文本 相关文本
主要文本 主要文本 西班牙语 Decreto N° 50 Exento que modifica Decreto N° 945 Exento de 2014 del Ministerio De Salud que aprueba Norma Tecnica Nº 170 sobre Registro Sanitario de Productos Biotecnologicos Derivados de Tecnicas ADN Recombinantes        
 Decreto N° 50 Exento, que modifica Decreto N° 945 Exento de 2014 del Ministerio De Salud que aprueba Norma Tecnica Nº 170 sobre Registro Sanitario de Productos Biotecnologicos Derivados de Tecnicas ADN Recombinantes

Tipo Norma :Decreto 50 EXENTO Fecha Publicación :04-04-2018 Fecha Promulgación :26-03-2018 Organismo :MINISTERIO DE SALUD Título :MODIFICA DECRETO N° 945 EXENTO, DE 2014, DEL MINISTERIO DE

SALUD, QUE APRUEBA NORMA TÉCNICA N° 170, SOBRE REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS BIOTECNOLÓGICOS DERIVADOS DE TÉCNICAS ADN RECOMBINANTES

Tipo Versión :Única De : 04-04-2018 Inicio Vigencia :04-04-2018 Id Norma :1116701 URL :https://www.leychile.cl/N?i=1116701&f=2018-04-04&p=

MODIFICA DECRETO N° 945 EXENTO, DE 2014, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA NORMA TÉCNICA N° 170, SOBRE REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTOS BIOTECNOLÓGICOS DERIVADOS DE TÉCNICAS ADN RECOMBINANTES

Núm. 50 exento.- Santiago, 26 de marzo de 2018.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 4º del Libro I del DFL Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el decreto supremo Nº 3, de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Control de Productos Farmacéuticos de Uso Humano; en el decreto exento Nº 945, de 2014, del Ministerio de Salud, que aprueba la Norma Técnica Nº 170, sobre el Registro Sanitario de Productos Biotecnológicos Derivados de Técnicas ADN Recombinantes; el decreto exento Nº 199, de 2016, del Ministerio de Salud, que modifica el referido decreto exento Nº 945, de 2014, del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 28, de 2009, del Ministerio de Salud; lo informado por la Jefe de División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (S) en su memorándum B35/Nº 216, de 2018; y en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República;

Considerando:

1. Que, a esta Cartera de Estado le corresponde formular, fijar y controlar las políticas de salud, ejerciendo la rectoría en el sector salud.

2. Que, este Ministerio debe velar por el acceso de la población a productos farmacéuticos que cumplan estándares de calidad, seguridad y eficacia.

3. Que, el artículo 42 i) del decreto supremo Nº 3, de 2010, dispone que, en "[e]n los casos de los productos biotecnológicos, mediante decreto supremo del Ministerio, a propuesta del Instituto, se establecerá la norma técnica que determinará los principios activos y sus respectivas presentaciones, respecto de cada uno de los cuales podrá admitirse la abreviación de estudios clínicos destinados a avalar eficacia y seguridad del producto, basándose en la existencia de otro producto biotecnológico registrado, que utilice los mismos principios activos, dosis unitaria, forma farmacéutica y vía de administración".

4. Que, conforme al artículo 25, del Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud, es función de esta autoridad la dictación de normas generales en materias técnicas a las que deberán ceñirse los organismos y entidades del Sistema en la ejecución las acciones de salud pública pertinentes.

5. Que, mediante decreto exento Nº 945, de 2014, el Ministerio de Salud, se aprueba la Norma Técnica Nº 170, sobre el Registro Sanitario de Productos Biotecnológicos Derivados de Técnicas ADN Recombinantes.

6. Que, en el número X (romano), "Lista de Principios Activos Biotecnológicos y Productos de Referencia", de aquella Norma Técnica, se establece el "Listado de Productos Biotecnológicos de Referencia (PBR)".

7. Que, mediante decreto exento Nº 199, de 2016, del Ministerio de Salud, se actualizó el referido listado de productos biotecnológicos de referencia.

8. Que, con fecha 14 de febrero de 2018, mediante Ord. Nº 218, el Director del Instituto de Salud Pública de Chile (S), solicitó al Subsecretario de Salud Pública actualizar una vez más aquel listado de productos biotecnológicos de referencia contenido en la señalada Norma Nº 170, especialmente para incluir productos de referencia para aquellos respecto de los cuales no existe un producto

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 10-Abr-2019

con registro sanitario en nuestro país, pero sí en países con agencias de alto nivel de vigilancia sanitaria.

9. Que, mediante memorándum B35/Nº 216, de 23 de febrero de este año, la Jefa de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción (S), manifiesta su acuerdo con lo solicitado por el Instituto de Salud Pública de Chile.

10. Que, en mérito de lo anterior,

Decreto:

Artículo primero: Modifícase el decreto exento Nº 945, del 21 de agosto de 2014, del Ministerio de Salud, mediante el cual se aprobó la Norma Técnica Nº 170, Registro Sanitario de Productos Biotecnológicos Derivados de Técnicas ADN Recombinantes, en el sentido de modificar su número X (romano), sustituyendo el "Listado de Productos Biotecnológicos de Referencia (PBR)", actualmente vigente e incorporado a aquella norma técnica por medio del decreto exento Nº 199, de 2016, de este Ministerio, por el siguiente:

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 10-Abr-2019

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 10-Abr-2019

Artículo segundo: El presente decreto entrará en vigencia al momento de su publicación en el Diario Oficial. Además, deberá permanecer publicado en la página web del Ministerio de Salud y del Instituto de Salud Pública de Chile, para su conocimiento y difusión.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Emilio Santelices Cuevas, Ministro de Salud.

Transcribo para su conocimiento decreto exento N° 50, de 26-03-2018.- Saluda atentamente a Ud., Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.

Biblioteca del Congreso Nacional de Chile - www.leychile.cl - documento generado el 10-Abr-2019


立法 修正 (2 文本) 修正 (2 文本) 关联 (1 文本) 关联 (1 文本)
无可用数据。

WIPO Lex编号 CL110