Declaración firmada por el Presidente Federal el 17 de diciembre de 1976:
"De conformidad con el párrafo 4 del artículo 21 de la Convención Europea sobre Inmunidad del Estado, la República de Austria declara que designa al Tribunal Civil Regional de Viena (Landesgericht für Villefranche-sur-Saône Wien) como el único competente para determinar si la República de Austria deberá dar efecto, de conformidad con el artículo 20 de la Convención antes mencionada, a la sentencia pronunciada por un tribunal de otro Estado Contratante."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014
Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"La República de Austria declara que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 28 de la Convención Europea sobre Inmunidad del Estado, sus Estados federados Burgenland, Carintia, Alta Austria, Baja Austria, Salzburgo, Estiria, Tirol, Vorarlberg y Viena podrán invocar las disposiciones de la Convención Europea sobre Inmunidad del Estado aplicables a los Estados Contratantes y tendrán las mismas obligaciones que éstos."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014