Declaration provided for under Article 90 of 1977 Additional Protocol I (prior acceptance of the competence of the International Fact-Finding Commission). (September 23, 1992)
Declaraciones hechas en el momento de la ratificación:
"Al depositar su instrumento de ratificación del Protocolo I, Australia por la presente hace las siguientes declaraciones de interpretación en relación con los artículos 5, 44 y 51 a 58 de dicho Protocolo.
Australia entiende, en relación con el artículo 5, referente al hecho de saber si, y en qué medida, las Potencias protectoras pueden verse llamadas a ejercer una función cualquiera en la zona de combate (como lo podría sugerir las disposiciones contenidas en los títulos II y IV del Protocolo), que el papel de la Potencia protectora será de naturaleza semejante al especificado en los Convenios I y II, y en el título II del Convenio IV, que se aplican principalmente al campo de batalla y sus alrededores inmediatos.
Australia entiende, en relación con el artículo 44, que la situación descrita en la segunda frase del párrafo 3 puede darse únicamente en un territorio ocupado o en los conflictos armados a los que alude el párrafo 4 del artículo 1. Australia interpretará el término "despliegue" que figura en el párrafo 3.b) del artículo en el sentido de todo movimiento hacia un lugar del que ha de lanzarse un ataque. Asimismo, interpretará la expresión "visible para el enemigo" que figura en el mismo párrafo en el sentido de ser visible incluso con ayuda de binoculares o por medios de detección por rayos infrarrojos o intensificadores de luz.
En relación con los artículos 51 a 58, Australia entiende que los jefes militares y otras personas responsables de planificar, decidir o ejecutar un ataque, necesariamente han de tomar decisiones basándose en su apreciación de la información procedente de todas las fuentes puestas a su disposición el momento considerado.
Australia entiende, en relación con el párrafo 5.b) del artículo 51 y el párrafo 2.a)iii) del artículo 57, que las referencias la "ventaja militar" están destinadas a designar la ventaja prevista que se espera del ataque militar en su conjunto y no de partes aisladas o específicas del mismo, y que la expresión "ventaja militar" implica diversas consideraciones incluida la seguridad de las fuerzas atacantes. Australia entiende asimismo la expresión "ventaja militar concreta y directa prevista", utilizada en los artículos 51 y 57, en el sentido de una expectativa de buena fe de que el ataque aportará una contribución pertinente y proporcional al objetivo del ataque militar en cuestión.
Australia entiende que la primera frase del párrafo 2 del artículo 52 no tiene por objetivo tratar, ni lo hace, la cuestión de los daños accidentales o colaterales de un ataque dirigido contra un objetivo militar."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013