Declaración formulada en el momento de la aceptación:
"El Gobierno de Australia declara que Australia no está actualmente en posición de obligar a los anticuarios, bajo pena de sanciones penales o administrativas, a llevar un registro que mencione la procedencia de cada bien cultural, el nombre y la dirección del proveedor, la descripción y el precio de cada bien vendido, y a informar al comprador del bien cultural de la prohibición de exportación de que puede ser objeto ese bien. Por consiguiente, Australia acepta la Convención con una reserva respecto del artículo 10 en la medida en que no podrá cumplir con las obligaciones impuestas por ese artículo."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014