Declaración hecha en el momento de la adhesión:
El artículo 6.2) prevé, entre otros extremos, que las Altas Partes Contratantes puedan autorizar a los anteriores usuarios del emblema del tercer Protocolo, o de todo signo que constituya una imitación del mismo, a que prosigan tal uso, siempre que "los derechos a tal uso hayan sido adquiridos antes de la aprobación del presente Protocolo". Puesto que la legislación canadiense adoptada para aplicar el Protocolo III no tiene carácter retroactivo y entrará en vigor en la fecha de ratificación del Protocolo III, Canadá autorizará a los anteriores usuarios del emblema del tercer Protocolo, o de todo signo que constituya una imitación del mismo, a que prosigan tal uso, siempre que los derechos a tal uso hayan sido adquiridos con anterioridad a la fecha de ratificación del Protocolo III por parte del Canadá."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2013