Propiedad intelectual Formación en PI Respeto por la PI Divulgación de la PI La PI para... La PI y… La PI en… Información sobre patentes y tecnología Información sobre marcas Información sobre diseños industriales Información sobre las indicaciones geográficas Información sobre las variedades vegetales (UPOV) Leyes, tratados y sentencias de PI Recursos de PI Informes sobre PI Protección por patente Protección de las marcas Protección de diseños industriales Protección de las indicaciones geográficas Protección de las variedades vegetales (UPOV) Solución de controversias en materia de PI Soluciones operativas para las oficinas de PI Pagar por servicios de PI Negociación y toma de decisiones Cooperación para el desarrollo Apoyo a la innovación Colaboraciones público-privadas Herramientas y servicios de IA La Organización Trabajar con la OMPI Rendición de cuentas Patentes Marcas Diseños industriales Indicaciones geográficas Derecho de autor Secretos comerciales Academia de la OMPI Talleres y seminarios Observancia de la PI WIPO ALERT Sensibilizar Día Mundial de la PI Revista de la OMPI Casos prácticos y casos de éxito Novedades sobre la PI Premios de la OMPI Empresas Universidades Pueblos indígenas Judicatura Recursos genéticos, conocimientos tradicionales y expresiones culturales tradicionales Economía Financiación Activos intangibles Igualdad de género Salud mundial Cambio climático Política de competencia Objetivos de Desarrollo Sostenible Tecnologías de vanguardia Aplicaciones móviles Deportes Turismo PATENTSCOPE Análisis de patentes Clasificación Internacional de Patentes ARDI - Investigación para la innovación ASPI - Información especializada sobre patentes Base Mundial de Datos sobre Marcas Madrid Monitor Base de datos Artículo 6ter Express Clasificación de Niza Clasificación de Viena Base Mundial de Datos sobre Dibujos y Modelos Boletín de Dibujos y Modelos Internacionales Base de datos Hague Express Clasificación de Locarno Base de datos Lisbon Express Base Mundial de Datos sobre Marcas para indicaciones geográficas Base de datos de variedades vegetales PLUTO Base de datos GENIE Tratados administrados por la OMPI WIPO Lex: leyes, tratados y sentencias de PI Normas técnicas de la OMPI Estadísticas de PI WIPO Pearl (terminología) Publicaciones de la OMPI Perfiles nacionales sobre PI Centro de Conocimiento de la OMPI Informes de la OMPI sobre tendencias tecnológicas Índice Mundial de Innovación Informe mundial sobre la propiedad intelectual PCT - El sistema internacional de patentes ePCT Budapest - El Sistema internacional de depósito de microorganismos Madrid - El sistema internacional de marcas eMadrid Artículo 6ter (escudos de armas, banderas, emblemas de Estado) La Haya - Sistema internacional de diseños eHague Lisboa - Sistema internacional de indicaciones geográficas eLisbon UPOV PRISMA UPOV e-PVP Administration UPOV e-PVP DUS Exchange Mediación Arbitraje Determinación de expertos Disputas sobre nombres de dominio Acceso centralizado a la búsqueda y el examen (CASE) Servicio de acceso digital (DAS) WIPO Pay Cuenta corriente en la OMPI Asambleas de la OMPI Comités permanentes Calendario de reuniones WIPO Webcast Documentos oficiales de la OMPI Agenda para el Desarrollo Asistencia técnica Instituciones de formación en PI Apoyo para COVID-19 Estrategias nacionales de PI Asesoramiento sobre políticas y legislación Centro de cooperación Centros de apoyo a la tecnología y la innovación (CATI) Transferencia de tecnología Programa de Asistencia a los Inventores (PAI) WIPO GREEN PAT-INFORMED de la OMPI Consorcio de Libros Accesibles Consorcio de la OMPI para los Creadores WIPO Translate Conversión de voz a texto Asistente de clasificación Estados miembros Observadores Director general Actividades por unidad Oficinas en el exterior Ofertas de empleo Adquisiciones Resultados y presupuesto Información financiera Supervisión
Arabic English Spanish French Russian Chinese
Leyes Tratados Sentencias Consultar por jurisdicción

Colección de tratados de PI

Partes Contratantes Convención Europea sobre Inmunidad del Estado Países Bajos (Reino de los)

Fechas Firma: 16 de mayo de 1972 Ratificación: 21 de febrero de 1985 Entrada en vigor: 22 de mayo de 1985

Declaraciones, Reservas etc.

Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"Tengo el honor de declarar, en relación con el párrafo 1 del artículo 24 de la Convención Europea sobre Inmunidad del Estado, en nombre del Reino de los Países Bajos que en los casos no contemplados en los artículos 1 a 13, sus tribunales estarán facultados para conocer de las acciones entabladas contra otro Estado Contratante en la medida en que tales tribunales estén facultados para conocer de las acciones entabladas contra Estados que no sean parte en la Convención."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"El tribunal del distrito ("Arrondissementsrechtbank") de La Haya queda designado como el tribunal competente en el sentido del párrafo 1 del artículo 21 de la Convención."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

 
Información territorial

Declaración transmitida mediante una Nota verbal de la Representación Permanente de los Países Bajos,
con fecha 4 de enero de 2012 registrada en la Secretaría General el 9 de enero de 2012:
"Las declaraciones formuladas por el Reino de los Países Bajos en el momento de la aceptación de la Convención, el 21 de febrero de 1985, son confirmadas por la parte caribeña de los Países Bajos (las islas de Bonaire, San Eustaquio y Saba). Esas declaraciones son válidas para la parte europea de los Países Bajos."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

El tratado se extiende a la parte caribeña de los Países Bajos (islas de Bonaire, San Eustaquio y Saba) el 10 de octubre de 2010.

Comunicación contenida en una nota verbal del Representante Permanente del Reino de los Países Bajos con fecha 27 de septiembre de 2010:
El Reino de los Países Bajos actualmente consta de tres partes: los Países Bajos, las Antillas Neerlandesas y Aruba. Las Antillas Neerlandesas consisten en las islas de Curazao, San Martín, Bonaire, San Eustaquio y Saba.
A partir del 10 de octubre de 2010, las Antillas Neerlandesas dejarán de existir como parte del Reino de los Países Bajos. A partir de dicha fecha, el Reino constará de cuatro partes: los Países Bajos, Aruba, Curazao y San Martín. Los dos últimos gozarán de un gobierno autónomo dentro del Reino, como es el caso de Aruba y lo será, hasta el 10 de octubre de 2010, el de las Antillas Neerlandesas.
Estos cambios constituyen una modificación de las relaciones constitucionales internas del Reino de los Países Bajos. El Reino de los Países Bajos seguirá siendo, en consecuencia, el sujeto de derecho internacional con el que se conciertan los acuerdos. Por ende, la reestructuración del Reino de los Países Bajos no afectará la validez de los acuerdos internacionales ratificados por el Reino de los Países Bajos en nombre de las Antillas Neerlandesas: dichos acuerdos, incluidas las reservas formuladas, se seguirán aplicando a Curazao y San Martín.
Las islas de Bonaire, San Eustaquio y Saba que hasta la fecha conformaban las Antillas Neerlandesas, pasarán a formar parte de los Países Bajos, constituyendo así "la parte caribeña de los Países Bajos.” Los acuerdos que actualmente se aplican a las Antillas Neerlandesas seguirán aplicándose a dichas islas; no obstante, el Gobierno de los Países Bajos será responsable de la aplicación de los acuerdos.
Asimismo, se declara por el presente que varios de los acuerdos que se aplican actualmente a los Países Bajos son aplicables, a partir del 10 de octubre de 2010, a la parte caribeña de los Países Bajos. Los acuerdos aludidos se enumeran en el Anexo que incluye asimismo una declaración relativa al Protocolo Nº 4 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales que garantizan determinados derechos y libertades distintas de las que figuran en la Convención y en el Protocolo I - sobre la modificación de las relaciones constitucionales internas en el seno del Reino.
Se presentará próximamente un informe de situación sobre los acuerdos que se aplican a Curazao, San Martín y/o la parte caribeña de los Países Bajos, incluidas las reservas y nuevas declaraciones formuladas."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

Другие острова, которые до сих пор входили в состав Нидерландских Антильских островов – Бонайре, Синт-Эстатиус и Саба – станут частью Нидерландов, составляя таким образом "Карибскую часть Нидерландов". Соглашения, которые в настоящее время распространяются на Нидерландские Антильские острова, будут также по-прежнему распространяться на эти острова; однако правительство Нидерландов теперь будет нести ответственность за реализацию этих соглашений. Кроме того, ряд соглашений, которые в настоящее время распространяются на Нидерланды, объявляются применимыми, с 10 октября 2010 г., к этой Карибской части Нидерландов. Соответствующие соглашения перечислены в Приложении, которое также содержит заявление (в отношении Протокола № 4 к Конвенции о защите прав человека и основных свобод, гарантирующего некоторые права и свободы помимо тех, которые уже включены в Конвенцию и первый Протокол к ней) об изменении внутренних конституционных отношений в Королевстве.
Отчет о состоянии соглашений, которые распространяются на Кюрасао, Синт-Маартен и/или Карибскую часть Нидерландов, включая любые оговорки и дополнительные заявления, будет представлен в ближайшее время".
Перевод, который любезно предоставила ВОИС, © 2012

Declaración formulada en el momento de la ratificación:
"El Reino de los Países Bajos acepta dicha Convención y el Protocolo para la parte europea del Reino."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

 


Acto(s) Artículo(s) Firma Instrumento Entrada en Vigor